Tipos de IVA

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El IVA es uno de los impuestos más conocidos e importantes en el sistema tributario español. Este impuesto indirecto afecta a prácticamente cualquier contribuyente, pues grava el consumo de bienes o servicios a la hora de ser adquiridos por el consumidor final, sin pagarse directamente al recaudador (que, en el caso español, la entidad responsable de este tributo es la Agencia Tributaria.)
En este artículo hablaremos de los distintos tipos de IVA que existen en España, ya que no todos los productos o bienes son gravados con el mismo porcentaje.

¿Qué es el IVA?

IVA son las siglas de Impuesto sobre el Valor Añadido. También es llamado Impuesto sobre el Valor Agregado. Se trata de un impuesto que recaerá sobre el consumidor final por la adquisición de bienes o servicios, sin importar su renta.
Las distintas empresas o entes que participan en el proceso de fabricación o distribución de los bienes o servicios van aplicando su porcentaje de IVA correspondiente, y finalmente es asumido por el ciudadano a la hora de adquirirlo.

Este impuesto grava tres situaciones distintas:

  • Bienes o servicios que son prestados o entregados por parte de empresarios y profesionales dentro del desarrollo habitual de su actividad económica.
  • Adquisiciones de bienes entre empresas dentro de la Unión Europea.
  • Importaciones entre empresas o particulares globalmente.

Tipos de IVA

Dependiendo del producto o servicio que se trate, se aplicarán distintos tipos o porcentajes, creando así los tipos de IVA: General, Reducido y Superreducido.

Si te preguntas por qué existen varios tipos de IVA, debe atenderse a la naturaleza de los bienes o servicios. Dentro del IVA superreducido se encuentran los bienes y servicios considerados de primera necesidad, tales como leche, pan, huevos, verduras… Y dentro del tipo reducido también se encuentran bienes necesarios pero no considerados esenciales, como el resto de alimentos (excluyendo el alcohol) o la reparación de viviendas.
En el tipo general se encuadrarían el resto de bienes o servicios a los que no se aplique el porcentaje reducido.

IVA General: 21 %

Dentro de los distintos tipos de IVA españoles, es el aplicado por defecto. Su porcentaje aplicable es del 21% actualmente, y se aplicará a todos aquellas actividades no sujetas a los tipos reducido o superreducido. Tampoco se aplicará a los productos y servicios que estén exentos de IVA.
¿No conocías que existen bienes sin IVA? Te lo contamos unas líneas más abajo.

Como ejemplos a los que afecta ésta clase de IVA, se encuentran electrodomésticos, ropa (tanto prendas como calzado) tabaco, o servicios como los de fontanería, peluquería o publicidad.

IVA Reducido: 10 %

Dentro de este tipo reducido de IVA se encuentra la mayor parte de la alimentación (a excepción de pan, leche, verduras o productos de primera necesidad). También se encontrarían otros servicios y bienes como:

  • Adquisiciones intracomunitarias o importaciones de productos de carácter nutritivo para personas o animales, de acuerdo a las disposiciones del Código Alimentario, a excepción de las bebidas alcohólicas.
  • Aguas, para alimentación o para riego, incluso en estado sólido.
  • Medicamentos para animales.
  • Anticonceptivos no medicinales, compresas, tampones…
  • Equipos médicos e instrumentos que estén diseñado para aliviar o tratar deficiencias.
  • Flores, plantas vivas o semillas.
  • Servicios de transporte de viajeros y equipajes, hostelería, campings, balnearios y en general la suministración de comida y bebida.
  • Limpieza de bienes y servicios públicos.

IVA Superreducido: 4 %

Es el aplicado a aquellos productos considerados de primera necesidad. Son incluidos:

  • Alimentación básica: Pan, leche, huevos, queso, frutas y verduras, leguminosas, patatas y cereales.
  • Libros, revistas y periódicos (prensa) cuyo contenido no sea única o básicamente publicidad.
  • Medicamentos destinados para uso humano
  • Vehículos adaptados para personas con movilidad reducida. También prótesis e implantes para personas con discapacidad.
  • Viviendas de Protección Oficial (VPO) cuando son entregadas directamente por parte del promotor. No queda incluida su compraventa posterior.
  • Alquileres de vivienda que cuenten con derecho de opción a compra en Viviendas de Protección Oficial.
  • Servicios de residencia, reasistencia, asistencia en el domicilio, centros de día y noche.

Productos exentos de IVA

Sí, existen productos que no tienen que pagar IVA. A su coste de manufacturación no se le sumará ningún tipo, por lo que el ciudadano no deberá soportarlo. Dentro del listado de productos que no tienen IVA se encuentran los siguientes:

  • Seguros, capitalizaciones y reaseguros.
  • Mediadores para personas físicas.
  • Productos de ahorro y financieros, sin incluirse los servicios de asesoramiento.
  • Servicios educativos, tanto en centros públicos como en los privados autorizados, y también las clases particulares.
  • Asistencia profesional médica y sanitaria.
  • Sellos de Correos.
  • Alquileres de Viviendas de Protección Oficial que estén destinadas a viviendas, no a locales de empresas.

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