Descubre todos los aspectos sobre el contrato de trabajo, sus tipos y diferencias, para que al establecer una relación laboral con una empresa no pases por alto todos los factores.
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Un contrato de trabajo es un acuerdo entre trabajador y empresa, mediante el cual queda reflejado tanto los derechos como las obligaciones que el trabajador debe realizar para la empresa contratante, el salario que el trabajador percibirá a modo de compensación por realizar dichas acciones o servicios, y las obligaciones que adquiere la empresa. También pueden añadirse otros factores a modo de cláusulas que pueden vincular o no a ambas partes. También es llamado contrato laboral, o incluso contrato de trabajo laboral.
Los contratos pueden ser, según la duración de su jornada:
Existen ciertos elementos que debe contener un contrato de trabajo. El contrato laboral debe incluir, principalmente:
Estas normas básicas pueden parecer lógicas a la hora de celebrar el contrato, pero no está de más señalar que los contratos deben realizarse:
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pone a disposición unos modelos de contratación preparados para ser utilizados. Aquí podrás descargarlos:
Existen varios tipos de contrato de trabajo, aunque en España hace unos años existían muchísimos más. Ahora mismo se agruparían en cuatro tipos:
Se celebran con una fecha de finalización cierta y definida. Suelen ser utilizados cuando se necesita personal para circunstancias concretas, por organismos como las Empresas de Trabajo Temporal. Existen distintos subtipos:
Son los requeridos por empresas que llevan a cabo proyectos fuera de su actividad habitual. La finalización del contrato está sujeta al fin de la obra o servicio objeto del contrato, por lo que es incierta. No puede prorrogarse más de 3 años.
Una vez terminado, un derecho del trabajador es percibir 12 días de sueldo por cada año trabajado en este modelo de contrato.
También suelen ser reconocidos como contratos eventuales por circunstancias de la producción. Suelen ser empleados por las empresas cuando tienen que afrontar picos de trabajo elevados, como los hoteles situados cerca de la playa cuando llegan el verano y las vacaciones.
Están diseñados para cubrir vacantes de personas con un contrato fijo, por ejemplo en bajas médicas, vacaciones o jubilaciones parciales. Es una sustitución que durará hasta que el trabajador ausente se reincorpore.
Estos contratos se identifican en la Seguridad Social bajo un código distinto, permitiendo identificar la cotización del contrato, por ejemplo. Los códigos son:
No queda establecida ninguna fecha de finalización establecida. Es más amplio que los demás, y supone una estabilidad tanto para el trabajador como para la empresa. La relación laboral quedará vigente hasta que no se produzca alguno de estos hechos:
Las claves identificativas de este tipo de contratos son:
Se pretende que la persona emplee los conocimientos adquiridos en su formación, y los ponga en práctica mientras adquiere experiencia laboral. Existen distintos aspectos:
Su objetivo es insertar a los jóvenes en el mercado laboral y la actividad profesional de la mejor manera. Su duración debe ser superior al año (modificable por convenio) e inferior a los 3 años, y el empleado debe tener menos de 25 años y tener formación apta para el puesto.
Las empresas contratantes podrán reducir su cuota empresarial y bonificarse hasta 1.800 por convertir un contrato temporal en indefinido.
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