Empleada de hogar sin contrato

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En ocasiones para muchas familias tener a una empleada que se encarga de la limpieza del hogar o de cuidar a algún familiar es una buena opción, ya sea a un pequeño o a un adulto, pero también es común “contratar” a una empleada de hogar sin contrato legal, sólo con un contrato verbal, lo cual no está bien visto por la ley.

Por ello, en este artículo te mostraremos todo lo que debes de saber para tener a una empleada del hogar, cuales son las ventajas de tener un contrato legal y los riesgos de no tenerlo, tanto para el empleador como para la trabajadora.

¿Se puede tener a un empleado de hogar sin contrato?

La respuesta a esta pregunta es que sí, puedes tener un empleado o una empleada doméstica, cuidadora o niñera sin tener un contrato. De hecho hay personas que piden no tener un contrato de trabajo ya que así se ahorran también unos cuantos Euros. 

Sin embargo, hay que diferenciar entre el poder hacer algo y lo que dicta la ley, que indica que todo trabajador debe estar dado de alta en la Seguridad Social.

Muchas veces sucede que al ser un empleo que se hace unos pocos días a la semana parece un gasto elevado tener que darle de alta. Pero hay que tener en cuenta que un empleado que trabaje sin contrato puede demandar a su empleador, lo que puede suponer indemnizaciones, sanciones o multas que salen bastante más caras que haber pagado los gastos de la contratación.

¿Se puede tener una empleada de hogar por horas sin contrato?

Contratar a una empleada de hogar por horas sin formalizar un contrato escrito no solo es desaconsejable, sino que también contraviene las normativas laborales españolas, exponiendo tanto al empleador como al empleado a riesgos significativos. Aunque algunas personas optan por esta modalidad de empleo, es importante comprender las implicaciones legales y los riesgos asociados.

Riesgos de tener empleados del hogar sin contrato

Dar de alta a nuestros empleados es muy importante, más de lo que parece. Tener a una empleada de hogar sin contrato conlleva riesgos y consecuencias, las cuales exponemos a continuación:

Riesgos para la empleada de hogar sin contrato

Sin cobertura médica en caso de accidentes

Cualquier tipo de trabajador, sin importar cual sea su profesión debe de estar dado de alta en la Seguridad Social, ya que esto le permite recibir ciertos beneficios, como tener acceso a la salud.

Por lo que en caso de tener un accidente durante el trabajo el empleador deberá hacerse cargo de los gastos.

Inspección de trabajo

Por cualquier razón el día menos pensado, puede recibir una visita de inspección de trabajo, quizá porque alguien cercano o la misma empleada de hogar sin contrato haya denunciado su situación, no importa.

Lo que sí importa es que una visita por parte de Inspección de Trabajo puede suponer una multa para el empleador, además de tener que hacerse responsable legalmente de su trabajadora.

limpiadora sin contrato denuncia

No tendrás derecho a reclamaciones

En caso de que el/la trabajadora no haya cumplido con sus labores no podrás valerte del contrato para despedirla, además te podrá amenazar con demandas por tener una empleada de hogar sin contrato.

Por otro lado si se pierde un objeto de tu propiedad sin tener un contrato deberás de denunciar, pero también deberás hacerte cargo de la sanción por tener a alguien trabajando de forma ilegal. Así que hagamos cuentas, si se ha perdido una cadena de oro de unos 1000 € y quieres denunciar, debes saber que puedes pagar una multa de hasta 15.000 €.

La empleada no tendrá beneficios de Seguridad Social

Si un trabajador no tiene un contrato es para evitar estar dado de alta en la Seguridad Social, esto a primeras significa que no descontarán nada de su paga, sin embargo, las consecuencias de no tener Seguridad Social son mayores, como:

  • No poder pedir baja temporal o permanente, en caso de sufrir alguna incapacidad, por cualquier motivo, no podrá recibir su sueldo.
  • Sin contrato, la cuidadora no cotiza a la Seguridad Social, lo que le priva de derechos fundamentales como la asistencia sanitaria, prestaciones por desempleo, o una futura pensión de jubilación​
  • Despedirle sin justificación, claro, en este caso sería denunciable, pero muchas veces por desconocimiento de la ley no es algo que el empleado haga.
  • Sin derecho a vacaciones, depende del empleador, pero muchas veces cuando no hay contrato no podrá exigir su periodo de vacaciones, como si se podría hacer en caso de tener contrato.
  • No tiene cobertura médica, al no estar dada de alta no tendrá acceso a un médico, en caso de accidentes laborales o fuera de estos, además al ausentarse en el trabajo seguramente deje de percibir un sueldo. Además, no podrá cobrar una pensión por incapacidad.
  • La carencia de un contrato escrito puede complicar la reclamación de salarios no pagados, horas extras, o indemnización por despido​.

Por lo que, lo más conveniente es contratar a un empleado del hogar de forma legal, así ambos estarán cubiertos por la ley, sí, será un poco más costoso, pero en caso de imprevistos, ninguno de los dos será perjudicado ni sancionado.

Riesgos para el empleador por tener empleada de hogar sin contrato

Tener trabajando a una empleada de hogar sin contrato laboral puede acarrear graves consecuencias legales y financieras para el empleador en España.

Lo primero a entender es que sin un contrato, las trabajadoras de hogar no están protegidas bajo la Seguridad Social, lo que significa que no tendrán derecho a cobertura médica ni a compensaciones en caso de accidentes o enfermedades laborales. Esto no solo pone en riesgo su bienestar, sino que también expone al empleador a potenciales reclamaciones legales.

Además, en ausencia de un contrato, el empleador carece de un marco legal para despedir a la empleada o reclamar por incumplimientos laborales, lo que puede resultar en complicaciones adicionales.

Sanciones económicas por tener empleada de hogar sin contrato

Tener una empleada de hogar sin contrato en España conlleva importantes sanciones económicas, las cuales pueden variar significativamente en función de la gravedad de la infracción.

Las sanciones por contratar a una empleada de hogar sin los permisos de trabajo necesarios o en situación irregular pueden ascender a una sanción mínima de 10.001 euros, además de la obligación de abonar las cuotas de Seguridad Social no ingresadas durante el periodo de prestación de servicios, con los correspondientes recargos. Si se pagaron sueldos por debajo del mínimo legal, el empleador deberá compensar a la trabajadora por la diferencia, incluyendo horas extras. Las consecuencias se agravan notablemente en caso de accidente laboral, ya que el empleador será responsable de cubrir las prestaciones que correspondan.

Por otro lado, las multas por no dar de alta a una empleada de hogar pueden empezar en más de 3.500 euros para las situaciones menos graves, según las reformas recientes del Gobierno español​​. Según la gravedad de la falta, las multas pueden oscilar entre 626 y 6.250 euros para faltas graves, y entre 6.251 y 187.515 euros para las faltas muy graves​​. Además, la Seguridad Social puede reclamar las cuotas no percibidas durante hasta 4 años anteriores, aplicando recargos de hasta el 20%​​. En algunos casos, las sanciones económicas pueden oscilar entre 626€ y hasta 187.000€, dependiendo de la gravedad del caso y si se demuestra la irregularidad de la relación laboral​​.

Derechos de una cuidadora o empleada de hogar sin contrato

La regulación emitida el 8 de septiembre de 2022, plasmada en el Boletín Oficial del Estado, introduce nuevos derechos para la empleada de hogar sin contrato en España, incluso para aquellas sin contrato o contratadas de manera irregular. Esta legislación, materializada a través de un Real Decreto-Ley, busca equiparar las condiciones laborales y de Seguridad Social de las empleadas de hogar con las de otros trabajadores por cuenta ajena, ofreciendo una mayor protección y reconociendo derechos fundamentales en varios ámbitos clave:

  • Protección Social: La nueva normativa garantiza a las empleadas de hogar el derecho a la prestación contributiva por desempleo, un beneficio del cual carecían hasta la fecha, y asegura el acceso a las prestaciones asistenciales disponibles en el ordenamiento laboral. Esto significa un avance significativo en la seguridad laboral para un sector históricamente desprotegido.
  • Cobertura Fogasa: La inclusión en el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) permite a las trabajadoras acceder al subsidio por desempleo y a los pagos del FOGASA en caso de insolvencia del empleador. La norma establece que las cotizaciones por desempleo se iniciarán a partir del 1 de octubre para relaciones laborales de al menos 60 horas mensuales, y desde el 1 de enero para jornadas menores, ofreciendo además una bonificación del 80% en las aportaciones por parte de los empleadores.
  • Prevención de Riesgos Laborales: Se incorpora a las cuidadoras de hogar y cuidadores al ámbito de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, incluyendo la creación de una comisión de estudio con enfoque de género para tratar las enfermedades profesionales, reconociendo así la predominancia femenina en este sector.
  • Protección Extensiva en Caso de Despido y Extinción Contractual: Se elimina la figura del desistimiento, lo que antes permitía el despido sin causa justificada. Ahora, se exige acreditar la causa del despido, ofreciendo así una protección legal mayor a las empleadas. Además, en caso de extinción contractual, es obligatorio comunicar por escrito la decisión de finalizar la relación laboral, garantizando a la trabajadora una indemnización y un preaviso adecuados según la duración del servicio prestado.
  • Derechos de Plena Igualdad: La legislación refuerza el derecho a la información, la formalidad (a través de contratos escritos) y establece la presunción de contrato para proteger a las cuidadoras en caso de vulneración de sus derechos.

Este conjunto de medidas representa un avance significativo hacia la igualdad de condiciones laborales y de seguridad social para las empleadas de hogar en España, asegurando una mayor protección y reconocimiento de sus derechos.

Empleada de hogar sin contrato: Denuncia

Los propios empleados o terceros pueden denunciar en caso de que tenga a alguien trabajando de forma ilegal, esto puede suponer una multa o sanción que puede pasar las decenas de miles de euros. También podrá el trabajador irregular (o la propia Seguridad Social) reclamar diferencias salariales durante un máximo de 4 años, junto al recargo (10% o 20% dependiendo del caso).

Las formas de denunciar por tener empleados de hogar sin contrato son variadas:

  • El Ministerio de Trabajo, en intento de mejorar y facilitar el acceso a la información, ha creado un buzón para todos los ciudadanos donde es posible presentar denuncias de manera completamente anónima. Esta es la forma más sencilla y rápida de poner en conocimiento del Ministerio las situaciones irregulares. El enlace es este. El comunicante no necesita aportar datos personales de este modo, a diferencia de otras maneras de denunciar.
  • Otra manera de realizar una denuncia por empleado o empleada de hogar sin contrato de manera telemática es a través de la Sede Electrónica de Empleo, aunque en este caso sí será necesario identificarnos con nuestro DNI o con nuestra firma electrónica.

¿Cómo denunciar empleada de hogar sin contrato paso a paso?

Para denunciar la situación de trabajar como empleada de hogar sin contrato, el proceso involucra varios pasos, destacando la importancia de la formalidad y la legalidad en el empleo doméstico. Aquí te explicamos cómo denunciar paso a paso y consideraciones clave:

  • Diferenciar entre contrato verbal y falta de alta en la Seguridad Social: Aunque la ley permite contratos verbales para empleados del hogar, estos deben estar acompañados por el alta en la Seguridad Social. No hacerlo constituye una infracción grave, con sanciones que varían entre 626 y 6.250 euros, además de obligar al empleador a regularizar las cotizaciones impagadas​​.
  • Exige el contrato y el alta en Seguridad Social: Si eres empleada del hogar, tu primer paso debe ser exigir por escrito al empleador el contrato y el alta en la Seguridad Social, pudiendo usar medios como el burofax para mayor fuerza probatoria​​.
  • Denuncia ante la Inspección de Trabajo: Si el empleador no responde, puedes presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Esto se hace a través de un formulario disponible en su página web, que puede presentarse de manera presencial, telemática, o por correo​​.

En caso de querer ser parte del procedimiento llevado a cabo por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), deberás presentar una denuncia formal a través del procedimiento marcado. La página web oficial es esta, pudiéndose presentar la denuncia de manera presencial (en las oficinas Provinciales de la ITSS o en otros lugares donde exista convenio con este trámite), de manera telemática a través de la Sede Electrónica de Empleo (la segunda manera de denunciar citada anteriormente) o a través de vía postal (enviadas a la oficina correspondiente de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social.

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