Delito de estafa

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La estafa es un método utilizado desde la antigüedad por algunas personas para lucrar a costa del engaño.

A pesar de que cualquier persona puede convertirse en un estafador al engañar a alguien para obtener dinero de estos y luego no dar algo a cambio, existen profesionales que viven de esta actividad.

Las víctimas del delito de estafa no suelen denunciar porque se sienten amenazadas, tienen miedo o pena de contar el hecho ante las autoridades.

Es muy importante que cualquier persona que haya sido víctima de una estafa haga la denuncia para investigar y evitar que otros caigan en este tipo de trampas.

Por ello en Un Abogado Online te mostramos todo lo que debes saber acerca del delito de este delito, cómo denunciar, los tipos más comunes…

Delito de estafa ¿Qué es?

Entendemos como delito de estafa al acto de confundir, engañar o manipular a una persona para que esta cometa un error y pueda provocar un perjuicio propio o de un tercero.

En todas sus formas, un punto en común es que existe el ánimo de lucro, de hecho es la razón por la que llevan a cabo todo el proceso de engañar a una persona, ya sea para quedarse con su dinero o propiedad.

El delito puede darse a través de diferentes medios, los más comunes son los que se llevan a cabo cara a cara, sin embargo, existen otras formas de estafa aplicadas en la actualidad como:

  • Las estafas por internet.
  • Esquemas ponzi digitales, ya son conocidos los ponzi o esquemas piramidales donde se paga con efectivo, sin embargo, esto ha sido llevado a internet.
  • Estafas con Bitcoin o cualquier tipo de criptomoneda.

Según la ley española se considera delito de estafa cuando la cantidad de dinero es mayor a 400 Euros, de ser una suma menor será una falta de estafa, que tiene penas menores al delito.

¿Qué dice el Código Penal?

El delito de estafa está regulado en el Artículo 248 del Código Penal, que indica lo siguiente:

1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
2. También se consideran reos de estafa:
a) Los que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consigan una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro.
b) Los que fabricaren, introdujeren, poseyeren o facilitaren programas informáticos específicamente destinados a la comisión de las estafas previstas en este artículo.
c) Los que utilizando tarjetas de crédito o débito, o cheques de viaje, o los datos obrantes en cualquiera de ellos, realicen operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero.

ARTÍCULO 248 CP

Penas por estafas

Las penas por estafa vienen reguladas en el artículo 249 del Código Penal, estas varían dependiendo de la cantidad de dinero estafada:

  • Si la cantidad es menor a 400 euros se penará con multa de uno a tres meses.
  • En caso de que la cantidad sea superior a los 400 euros se dará una pena de prisión de seis meses a tres años, dependiendo de la cantidad de dinero y los daños causados a la víctima.

Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.
Si la cuantía de lo defraudado no excediere de 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses.

ART. 249 CP

Penas agravadas por delito de estafa

Las penas pueden ser agravadas según el artículo 250 del Código Penal.

Estas penas van de 1 a 6 años de prisión y multa de 6 a 12 meses o 4 a 8 años de prisión y multa de 12 a 24 meses, dependiendo del caso.

Las acciones que agravan la pena por este delito son las indicadas en el artículo 250:

1. El delito de estafa será castigado con las penas de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses, cuando:
1.º Recaiga sobre cosas de primera necesidad, viviendas u otros bienes de reconocida utilidad social.
2.º Se perpetre abusando de firma de otro, o sustrayendo, ocultando o inutilizando, en todo o en parte, algún proceso, expediente, protocolo o documento público u oficial de cualquier clase.
3.º Recaiga sobre bienes que integren el patrimonio artístico, histórico, cultural o científico.
4.º Revista especial gravedad, atendiendo a la entidad del perjuicio y a la situación económica en que deje a la víctima o a su familia.
5.º El valor de la defraudación supere los 50.000 euros, o afecte a un elevado número de personas.
6.º Se cometa con abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador, o aproveche éste su credibilidad empresarial o profesional.
7.º Se cometa estafa procesal. Incurren en la misma los que, en un procedimiento judicial de cualquier clase, manipularen las pruebas en que pretendieran fundar sus alegaciones o emplearen otro fraude procesal análogo, provocando error en el juez o tribunal y llevándole a dictar una resolución que perjudique los intereses económicos de la otra parte o de un tercero.
8.º Al delinquir el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Capítulo. No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo.
2. Si concurrieran las circunstancias incluidas en los numerales 4.º, 5.º, 6.º o 7.º con la del numeral 1.º del apartado anterior, se impondrán las penas de prisión de cuatro a ocho años y multa de doce a veinticuatro meses. La misma pena se impondrá cuando el valor de la defraudación supere los 250.000 euros.

ART. 250 CP

Diferencia entre estafa y apropiación indebida

La estafa suele confundirse con el delito de apropiación indebida, por ello aquí te dejamos el concepto de apropiación indebida y cuales son las diferencias entre ambos.

El delito de apropiación indebida consiste en adueñarse de un objeto o propiedad que le ha sido dada con la condición de devolverla o cuando la persona que la prestó requiera de esta.

Por ejemplo:

Una persona le presta a un familiar una casa de verano, para que la ocupe mientras está de viaje, sin embargo, pasado un tiempo la persona se ha instalado en la propiedad sin intenciones de salir de esta.

Entonces las diferencias con respecto a la estafa es que:

  • Quien comete la apropiación indebida en un primer momento no tiene la iniciativa de quedarse con lo que han puesto bajo su cuidado.
  • Los delitos son penados de forma diferente.
  • Las estafas normalmente son de dinero, mientras que la apropiación se da más con objetos.

Diferencia entre timo, estafa y fraude

Las estafas y los timos no son diferentes, de hecho están penados bajo el mismo artículo del Código Penal, se puede decir que la estafa es el mecanismo con el que se lleva a cabo el timo. 

Es decir, la estafa consiste en elaborar un engaño que tiene como fin obtener un beneficio económico para quien lleva a cabo el delito y el timo sería la consecuencia, es decir, la cantidad de dinero, el objeto o la propiedad que se ha conseguido a través del engaño.

Por otro lado tenemos el delito de fraude, que es diferente a los dos anteriores, ya que consiste en perjudicar a una persona o empresa gracias a una posición privilegiada desde la que se pueden tomar decisiones, normalmente al perjudicar a una parte se beneficia a otra.

Existen varios ejemplos de fraude conocidos, como los fraudes electorales, cuando el comité encargado de realizar la votación, beneficia a uno de los oponentes y perjudica a otros. 

Tipos de estafa más comunes

Existen gran cantidad de métodos empleados para llevar a cabo estafas pequeñas o a gran escala y que en España suelen ser recurrentes, al igual que en el resto del mundo, aquí abajo te nombramos algunas de las más comunes.

  • Estafas piramidales, estas se ofrecen a la víctima como una forma de generar un porcentaje de dinero que se produce por la inversión de este, sin embargo, tienen la condicional de tener que invitar a otras personas para poder cobrar sus ingresos. Cuando no entran más personas a la pirámide, los creadores suelen irse con todo el dinero.
  • Trileros, son ‘’juegos de habilidad’’ en el que el encargado de ejecutar el juego hace trampa para que el jugador pierda su dinero, suelen tener jugadores falsos que ganan de forma fácil y que incitan a las víctimas a poner su dinero.
  • Billete de lotería falso, el timador pregunta a alguien por una agencia de lotería cercana, para poder cobrar un billete y justo pasa un cómplice que tiene los resultados de la lotería. El estafador inicial indica que le puede dar el billete a cambio de efectivo porque necesita cobrar rápido para cubrir gastos médicos o similares.
  • Cambios de billetes a menor denominación, esto ocurre a pequeña y a gran escala, sin embargo, por lo que los métodos suelen variar, uno común es que los estafadores buscan a personas que poseen buena cantidad de dinero y le piden que les cambie el dinero, normalmente de alta denominación o divisas extranjeras por euros de denominaciones pequeñas, dándole a cambio billetes falsos y quedándose con el dinero.
  • Ofertas de trabajo falsas, las personas interesadas llaman a un número y estos le cuentan sobre el trabajo y los beneficios que puede conseguir con este, normalmente es una muy buena oferta laboral que nadie quiere dejar pasar, por lo que piden cierta cantidad de dinero para acelerar el proceso  de postulación o para asegurar el trabajo, pero luego de enviar el dinero no tiene más respuestas.
  • Estafas por internet, estas utilizan los mismos métodos de las estafas tradicionales cara a cara, pero teniendo como ventaja para el estafador que la mayoría del tiempo nunca da la cara ni se expone. Las estafas por internet son variadas e incluyen:
    • Esquemas piramidales.
    • Compras online que se convierten en timos.
    • Ofertas de trabajo falsas.
    • Métodos para hacerse rico pagando cierta cantidad de dinero.
    • Relaciones sentimentales cuyo único fin es sacarle dinero a la otra persona.
    • Phishing, que consiste en engañar a alguien para que dé acceso a los datos de su computador, claves y usuarios de banco o plataformas de pago como PayPal.

Existen otros tipos en España, pero los mostrados son algunos de los métodos más utilizados por los estafadores.

Estafa con bitcoin

La estafa con Bitcoin es reciente en comparación con otros tipos, esto se debe a lo nuevas que son en el mercado y la probabilidad de especular con su precio.

En los últimos años en España se han llevado a cabo miles de estafas pequeñas y no tan pequeñas con Bitcoin y otras criptomonedas.

Un método utilizado por este tipo de estafadores es crear empresas online o particulares supuestamente expertos en inversión y manejo de las criptomonedas convence a una o varias personas de darle sus bitcoins para luego generar porcentajes de ganancias.

Sin embargo, luego de recibir el dinero se desaparecen o dan la cara por unos meses mientras reclutan a buena cantidad de personas, para luego desaparecer con grandes cantidades de dinero.

También existen los esquemas piramidales con Bitcoin, que son disfrazados como ingresos por inversión, que a fin de cuentas beneficia a los primeros entrar, pero cuando se hace insostenible, los creadores se marchan.

La principal ventaja y desventaja de las criptomonedas es que no son del todo rastreables, vale si se puede seguir la dirección a la que se envía el dinero, sin embargo, los estafadores suelen utilizar cuentas con documentos falsos y en países alejados de España.

Por lo que se dificulta denunciar a una persona en particular y es difícil recuperar el dinero.

Estafa con tarjeta de crédito

Por otro lado tenemos las estafas, o mejor dicho, fraudes con tarjetas de crédito que son más frecuentes de lo que se espera.

Hay varios métodos utilizados, aquí te dejamos dos de ellos:

  • Robo de los datos de la tarjeta que luego es utilizada para hacer compras en diferentes lugares, lo más común es que realicen compras no autorizadas en tiendas online, por lo que al identificar estos movimientos lo primero que debes hacer es pedir al banco que bloqueen o desactiven la tarjeta de crédito.
  • Otro modus operandis utilizado es el de sitios webs con ofertas engañosas que ofrecen productos o servicios, pero al recibir el pago no envían o entregan el producto que se ha adquirido.

En caso de que haya sido el segundo caso se debe denunciar el sitio web con las autoridades locales y hacer la reclamación por el banco para recuperar el dinero.

Cómo denunciar estafa (presencial y online)

Según el Código Penal tanto las estafas, timos y fraudes sean presenciales u online constituyen delitos o faltas que deben ser pagadas con penas de prisión o multa dependiendo de la cantidad de dinero y los daños causados a la víctima.

Por ello es importante hacer las respectivas denuncias ante los organismos competentes para hacer justicia y evitar que más personas sean víctimas de las personas que se dedican a timar a las personas.

Existen varias formas de denunciar el delito, ya sea online o de forma física. 

Guardia civil

La principal opción para denunciar un delito de estafa presencial u online es con la Guardía Civil.

Lo más conveniente es hacer una denuncia presencial, llevar todas las pruebas que tengas, pero si quieres ahorrarte todo el proceso de ir al juzgado o a la comisaría, también puedes hacer la denuncia online y de forma anónima a través de su sitio web, tendrás la seguridad de que tu caso será atendido e investigado.

Policía Nacional

Otra forma de denunciar una estafa o fraude es a través de la Policía Nacional, para ello puedes visitar su sitio web e ir al apartado de denuncias en línea, o puedes ir a la comisaría más cercana.

En este portal no sólo puedes hacer denuncias referentes a este delito, sino también a todo tipo de delitos informáticos o físicos.

Tener asesoría de un abogado

Cuando las estafas son por grandes cantidades de dinero, es recomendable buscar el asesoramiento de un abogado que te permita hacer los movimientos correctos para denunciar al presunto culpable, hacer justicia y recuperar el dinero que ha sido sustraído.

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