Qué pasa después de poner una denuncia

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La presentación de una denuncia es un acto valiente y necesario para hacer valer nuestros derechos y buscar justicia. Sin embargo, muchas personas se sienten perdidas y desconocen qué sucede después de presentar una denuncia. ¿Cómo se lleva a cabo el proceso? ¿Qué plazos hay que tener en cuenta?

En este artículo, te guiaremos a través de las distintas fases del proceso de denuncia según la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y te explicaremos qué pasa después de poner una denuncia.

Desde la comprobación de los hechos delictivos hasta la asignación de un número de expediente por la comisión, te proporcionaremos una guía completa para que puedas entender de forma sencilla los pasos que siguen tras presentar una denuncia. Sigue leyendo y descubre todo lo que necesitas saber.

¿Después de presentar una denuncia qué pasa?

Para buscar justicia, el primer paso es presentar una denuncia formal ante la autoridad competente por un hecho delictivo. La LECrim regula la denuncia en los artículos 259 y siguientes. El proceso para presentarla varía según el tipo de denuncia y jurisdicción.

ARTÍCULO 259 Ley de Enjuiciamiento Criminal

El que presenciare la perpetración de cualquier delito público está obligado a ponerlo inmediatamente en conocimiento del Juez de instrucción, de paz, comarcal o municipal o funcionario fiscal más próximo al sitio en que se hallare, bajo la multa de 25 a 250 pesetas.

ART 259 LECRIM

(…)

Artículo 264 Ley de Enjuiciamiento Criminal

El que por cualquier medio diferente de los mencionados tuviere conocimiento de la perpetración de algún delito de los que deben perseguirse de oficio, deberá denunciarlo al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente o al Juez de instrucción o municipal, o funcionario de policía, sin que se entienda obligado por esto a probar los hechos denunciados ni a formalizar querella.

ART 264 LECRIM

Es importante tener en cuenta que presentar una denuncia no garantiza una condena, pero es el primer paso para iniciar un procedimiento judicial. Dependiendo del delito y los hechos, se puede denunciar ante la policía nacional, la guardia civil, el fiscal o el juzgado de instrucción.

Es fundamental seguir los procedimientos adecuados y proporcionar todos los detalles posibles, incluyendo los nombres de posibles testigos, los hechos denunciados y las pruebas obtenidas.

Además, es importante presentar la denuncia lo antes posible, ya que algunos delitos pueden prescribir y es más fácil recolectar pruebas cuanto menos tiempo haya pasado desde la comisión del delito.

Denuncia ante la Policía o Guardia Civil

Cuando presentes una denuncia, las autoridades llevarán a cabo una investigación exhaustiva de los hechos para contrastar la versión con la realidad y encontrar posibles testigos u otras medidas necesarias.

En caso de presentar una denuncia ante la Policía Nacional, el procedimiento sería el siguiente:

  • Se recopilará toda la información que proporciones sobre los hechos y se te informará de que puedes contactar con alguien de tu elección para que te acompañe, así como de la posibilidad de contar con asistencia legal gratuita del turno de guardia.
  • Se recopilará documentación o información sobre asistencia médica, atención psicológica y servicios sociales si los has utilizado. Si tienes lesiones y/o has sufrido agresión sexual y no has acudido a un servicio médico, se te acompañará si es necesario, y si no, se recogerán por escrito todas las lesiones que tengas y se te pedirá que hagas fotos.
  • Se llevará a cabo una evaluación policial del riesgo y se gestionará tu seguridad y protección integral, así como la de tus hijos/as, activando medidas de protección y proporcionándote medidas de autoprotección. Se contactará con el Dispositivo de Emergencia para Mujeres Agredidas (D.E.M.A) para activar alojamiento temporal como medida de protección si fuera necesario, además de que recibirás acompañamiento y asistencia.
  • Se contactará con testigos de los que informes.
  • Se citará o detendrá al agresor, dependiendo de la gravedad de los hechos, y se le tomará declaración.
  • Se te preguntará si deseas activar una Orden de Protección por el Juzgado y, tras su cumplimentación, se trasladará toda la documentación al Órgano Judicial.

Si el autor del delito es desconocido, la autoridad puede mantener el informe a disposición del Ministerio Fiscal y la autoridad judicial.

Este informe se enviará en casos de delitos sexuales, contra la vida, la integridad física o corrupción, o si es solicitado por el Ministerio Fiscal o la autoridad judicial. También se enviará si se ha llevado a cabo alguna diligencia con resultados.

Denuncia ante el Juzgado de Instrucción

En el caso presente, cuando una denuncia llega a uno de estos tribunales, el juez la examina y determina la acción a tomar. Las acciones pueden ser las siguientes:

  • Archivo, cuando los hechos no constituyen delito;
  • Sobreseimiento, que es provisional hasta que se identifique al delincuente;
  • Traslado de expediente, que implica remitir el caso al tribunal correspondiente, por ejemplo, si se trata de un delito contra un menor, se envía al tribunal de menores, o si el delito ocurre en un territorio específico, se traslada al tribunal de ese territorio; o
  • Seguir un procedimiento penal, que ocurre cuando se considera que el hecho es delito. Cada procedimiento es diferente según el número de personas involucradas o la gravedad de los hechos.

Denuncia ante el Ministerio Fiscal

En esta situación, el Ministerio Público llevará a cabo las verificaciones necesarias y, en caso necesario, podrá ordenar a las autoridades policiales que realicen una investigación preliminar para determinar la veracidad de los hechos denunciados.

Si se determina que se ha cometido un delito, se enviará la documentación correspondiente a un juzgado competente en la materia.

Juicio de la denuncia

En el ámbito del proceso penal, si los hechos son considerados de mayor gravedad, el juicio se llevará a cabo en la Audiencia Provincial.

Dependiendo de la naturaleza y características de los hechos, existen tres tipos de procedimientos que se pueden seguir en las Audiencias Provinciales:

  • El procedimiento ordinario por delito, que se aplica a delitos graves que conllevan penas de cárcel superiores a nueve años;
  • El procedimiento abreviado, que se utiliza para delitos graves y menos graves con penas de cárcel que oscilan entre cinco y nueve años; y
  • El procedimiento ante el Tribunal del Jurado, que se reserva para determinados tipos de delitos, como homicidios, amenazas, allanamiento de morada, incendios forestales, tráfico de influencias y delitos cometidos por funcionarios públicos, entre otros.

Por otro lado, si los hechos son de menor gravedad y las penas a imponer no superan las de cárcel, el juicio se resolverá en el Juzgado de lo Penal.

Por qué hay denuncias que no llegan a juicio

Existen diversas razones por las que una denuncia puede no llegar a juicio. Algunas de las más frecuentes son la falta de pruebas suficientes para demostrar la culpabilidad del acusado, lo que se conoce como indicios racionales de criminalidad, y en este caso el juez puede dictar el sobreseimiento provisional.

También puede darse el desistimiento del denunciante en los delitos perseguibles de parte, lo que detiene el proceso. Otra posibilidad es que las partes lleguen a un acuerdo antes del juicio y notifiquen al juzgado, lo que puede llevar al sobreseimiento del caso.

Es importante destacar que la falta de pruebas o la imposibilidad de demostrar la culpabilidad del acusado no necesariamente significa que la acusación sea falsa o que no se haya cometido un delito.

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