El Tratado de la Unión Europea (TUE) establece en su artículo 4 que “el Consejo Europeo se compondrá por los Jefes de Estado o Gobierno de los Estados Miembros, y por el Presidente de la Comisión), y también señala que “el Consejo Europeo dará a la Unión los impulsos necesarios para su desarrollo y definirá sus orientaciones políticas generales”.
Su creación y consolidación se realizó en 1974, y se formalizó en el año 1986, pero la institucionalización de este órgano no llegó hasta 2009.
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El Consejo Europeo es una institución oficial de la Unión Europea la cual reúne a los líderes de la UE estableciendo su agenda política. Es el nivel más elevado de cooperación política que puede darse entre países miembros de la Unión Europeo. También es llamado Consejo de la UE.
Su principal función es definir las prioridades y la orientación política en aspectos generales de la Unión Europea.
Actualmente, su presidente es Donald Tusk, y su sede está establecida en Bruselas (Bélgica).
Está compuesto por los Jefes de Estado o Gobierno de los Estados Miembros, por lo que se considera clara su intencionalidad política: Quienes lo componen son las personas más representativas de cada Estado. También lo forma el Presidente de la Comisión y el Presidente del Consejo, quienes no tienen derecho a voto.
El papel del Presidente del Consejo es el de institucionalizar el propio Consejo Europeo, y de representarlo en el exterior. Es elegido por el Consejo Europeo para un plazo de dos años y medio, pudiendo ser reelegido una vez más, mediante mayoría cualificada.
Las excesivas formalidades y la falta de rigidez son características del Consejo Europeo, y paradójicamente es la causa de su éxito. El Consejo Europeo debe reunirse, al menos, dos veces al año. Pero como consecuencia de las denominadas “Normas para la organización de los trabajos del Consejo Europeo”, estas reuniones suelen coincidir con los finales de cada Presidencia.
Realmente, lo que se lleva a cabo son dos reuniones por semestre (previamente fijadas), y una posible tercera extraordinaria si la situación lo exije (cuando existe problema interno especialmente relevante o algún aspecto de política exterior urgente).
Los lugares de reunión son con frecuencia las capitales o ciudades del Estado Presidente en ese momento.
El orden del día de la reunión es preparado por el Consejo de Asuntos Generales, en contacto con el Presidente del Consejo y también el Presidente de la Comisión. En el orden del día se establece:
Este proyecto de orden del día es preparado cuatro semanas antes de la reunión fijada, y debe elaborarse un informe al finalizar la reunión que es presentado ante el Parlamento Europeo.
A la hora de adoptar decisiones, éstas suelen ser tomadas en sesiones no públicas (aunque pueden publicarse ciertos contenidos de las actas), y habitualmente por consenso, aunque también pueden someterse a votación (si el Tratado lo indica o lo solicita el Consejo en su mayoría).
Las decisiones tomadas se materializan en forma de Conclusiones, Declaraciones o Decisiones.
El Consejo ejerce varios tipos de funciones y competencias, pero algo debe quedar claro: no ejerce función legislativa. No crea leyes.
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