Para responder a la consulta sobre la posibilidad de solicitar una baja laboral después de excedencia, es importante comprender primero la naturaleza de la excedencia voluntaria. La excedencia voluntaria es la suspensión del contrato de trabajo, solicitada por el trabajador, por un período mínimo de cuatro meses y máximo de cinco años. Durante este tiempo, el trabajador no mantiene una reserva del puesto de trabajo, sino un derecho preferente de reincorporación.
Una vez finalizada la excedencia, el trabajador debe solicitar el reingreso con la antelación que establezca el convenio colectivo aplicable. En caso de no hacerlo, perderá cualquier derecho de reincorporación a la empresa. No existe un tiempo de preaviso específico exigido por el Estatuto de los Trabajadores, aunque la jurisprudencia ha validado el comportamiento de trabajadores que se presentan en su puesto de trabajo el día que finaliza la excedencia.
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En lo que respecta a la baja laboral tras la reincorporación de una excedencia y vuelta al trabajo, no se especifican explícitamente en la legislación restricciones específicas para solicitarla inmediatamente después de volver de una excedencia.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que las bajas laborales suelen estar sujetas a condiciones médicas o situaciones específicas que justifiquen dicha baja. Por lo tanto, si un trabajador cumple con los criterios para una baja laboral, debería poder solicitarla independientemente de haber regresado recientemente de una excedencia.
En el marco del sistema de Seguridad Social español, uno de los requisitos fundamentales para acceder a una prestación es estar en situación de alta o asimilada al alta en el momento del suceso que origina la prestación. Según la Ley General de la Seguridad Social de 2015, esto se aplica a varias prestaciones. Sin embargo, existe jurisprudencia que permite algunas excepciones.
Es importante recalcar que estando de excedencia, no te encuentras en situación de alta o asimilada en la Seguridad Social. Durante este período, el trabajador se encuentra fuera de la actividad laboral de manera temporal y voluntaria, lo que implica que no está cotizando ni generando derechos a prestaciones sociales. Por lo tanto, mientras estás de excedencia no puedes pedir una baja laboral, pero después de finalizar el periodo de excedencia y una vez se haya efectuado la reincorporación sí.
Un caso relevante es el de una empleada en excedencia voluntaria que se encuentra de baja por enfermedad al momento de reincorporarse al trabajo. La cuestión clave es si se puede posponer el requisito de estar en alta hasta después de que ocurra el suceso que da derecho a la prestación.
El Tribunal Supremo, en una sentencia de 2018, establece que la protección de la Seguridad Social se otorga cuando el trabajador demuestra la necesidad de atención sanitaria y está imposibilitado para trabajar. La prestación por incapacidad temporal (IT) depende de que se cumplan estos requisitos, incluyendo la imposibilidad de trabajar debido a la enfermedad o accidente.
La incapacidad temporal se considera una prestación continuada, donde los requisitos deben cumplirse diariamente. Por lo tanto, si en la fecha de reincorporación tras la excedencia se cumple el requisito de estar en alta, y no falta ningún otro requisito, la trabajadora debe ser considerada en situación de baja desde ese día, ya que ahí comienza su imposibilidad de trabajar debido a la enfermedad.
Este análisis refleja que, bajo ciertas circunstancias, es posible solicitar una baja laboral después de volver de una excedencia, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales y jurisprudenciales pertinentes.
En principio, encontrarse en la situación de volver de excedencia no debería afectar a la hora de pedir baja laboral, siempre que esté justificada.
No obstante, recomendamos consultar con un experto en derecho laboral o con el departamento de recursos humanos de la empresa para obtener información detallada y específica a tu situación particular, ya que cada caso puede tener particularidades dependiendo de las circunstancias y el convenio colectivo aplicable.
Respecto a la excedencia y su impacto en la baja laboral, es importante considerar que la excedencia voluntaria no mantiene la reserva del puesto de trabajo, sino un derecho preferente de reincorporación. Durante la excedencia, el tiempo no se cuenta para efectos de antigüedad y no hay obligación de cotizar a la seguridad social.
Esto significa que, al reincorporarse tras una excedencia, el trabajador podría no tener acumulado el periodo de cotización necesario para acceder a una prestación por enfermedad común en caso de no haber cotizado suficientemente en otros empleos durante la excedencia. Es decir, estaría de baja sin que le pagasen. Esto no le impediría solicitar la baja, pero sí cobrar el subsidio. Sería una baja médica sin derecho a prestación.
Afiliación y Alta en la Seguridad Social: Es esencial estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social. Esto aplica tanto para trabajadores por cuenta ajena como autónomos.
Periodo Mínimo de Cotización: Dependiendo del tipo de baja, puede requerirse un mínimo de días cotizados. Para enfermedades comunes, se necesitan al menos 180 días cotizados en los últimos 5 años. En otros casos, como accidentes laborales o enfermedades profesionales, no hay un periodo mínimo.
Presentación del Parte de Baja Médica: Es necesario obtener y presentar un parte de baja médica expedido por un médico del servicio público de salud o por un médico de una entidad colaboradora.
Notificación al Empleador: Se debe informar a la empresa sobre la baja laboral lo antes posible, proporcionando el parte de baja médica.
En teoría, debes ser capaz de pedir baja laboral después de excedencia, independientemente del tipo que sea esta baja:
Recuerda que no es lo mismo una baja laboral que una baja médica.
La legalidad de solicitar una baja laboral después de excedencia en España se enmarca dentro de las regulaciones del Estatuto de los Trabajadores y puede ser influenciada por los convenios colectivos aplicables.
En cuanto a la baja laboral durante o después de una excedencia, se debe tener en cuenta que la baja laboral se refiere a una situación de incapacidad temporal debido a enfermedad o accidente, lo cual es un derecho laboral protegido. No hay impedimentos legales específicos para solicitar una baja después de volver de una excedencia, siempre que se cumplan los requisitos para dicha incapacidad temporal.
Sin embargo, es importante tener en cuenta las normativas y procedimientos aplicables en cada caso, que pueden variar en función del convenio colectivo y de las políticas internas de la empresa.
Solicitar una baja laboral después de una excedencia no está específicamente prohibido por la legislación española, por lo tanto es completamente legal, pero su viabilidad y condiciones dependen de las circunstancias individuales del trabajador y de las políticas de la empresa. Es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho laboral para asesorarse adecuadamente en cada caso particular.
En España, el procedimiento para solicitar una baja ha sido modificado significativamente con el nuevo protocolo establecido en 2023. Este protocolo, efectivo desde el 1 de abril de 2023, cambia la manera en que se tramitan las bajas laborales por incapacidad temporal, tanto para empleadores como para empleados.
El nuevo protocolo implica que la administración de la Seguridad Social enviará el parte de baja al lugar de trabajo del empleado, eliminando la obligación del empleado de entregarlo personalmente. Esto facilita considerablemente los trámites para los trabajadores incapacitados.
Las empresas recibirán el parte médico de incapacidad temporal de forma telemática y deben formalizar los datos requeridos en el sistema RED en un plazo de 3 días hábiles, bajo pena de sanciones económicas en caso de incumplimiento.
Es importante destacar que los procesos de confirmación o revisión relacionados con la baja inicial también se tramitarán telemáticamente por la Seguridad Social.
Este nuevo protocolo se aplica a todas las nuevas solicitudes y a aquellas ya en curso, siempre y cuando no hayan superado los 365 días.
A continuación, detallamos paso a paso cómo pedir una baja laboral después de excedencia:
Obtención de la Baja Médica: El primer paso es obtener una baja médica por parte de un profesional de la salud. Este reconocimiento es esencial para iniciar el proceso de baja laboral. El trabajador debe estar inscrito en la Seguridad Social y, en caso de enfermedad común, haber cotizado al menos 180 días en los últimos cinco años.
Entrega de Documentación a la Empresa:
Notificación de la Empresa a la Seguridad Social: La empresa debe informar al INSS sobre la baja, confirmación o alta del empleado dentro de un plazo de tres días.
Recepción del Certificado de la Seguridad Social y Comienzo del Subsidio: Tras completar todos los trámites, se recibe el certificado de la Seguridad Social, momento en el que comienza el periodo de subsidio por incapacidad.
En síntesis, para pedir una baja laboral es necesario primero obtener una baja médica, luego informar y entregar la documentación necesaria a la empresa, que a su vez debe comunicar la situación a la Seguridad Social, para finalmente recibir el subsidio por incapacidad temporal.
En resumen, solicitar una baja laboral después de excedencia es legal en España, siempre que se cumplan ciertos requisitos y se siga el procedimiento establecido. Es recomendable consultar con un experto en derecho laboral o con el departamento de recursos humanos para obtener asesoramiento específico a cada situación particular.
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