¿Es legal plantar coca en España?

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Este artículo abordará en profundidad la cuestión de si es legal plantar coca en España, analizando tanto la normativa nacional como los tratados y acuerdos internacionales que influyen en esta cuestión. Exploraremos los matices legales y las implicaciones de esta actividad, brindando una visión completa de la situación actual en España en relación con el cultivo de coca.

En el contexto de la legislación española, el cultivo de coca, la planta que da origen a la cocaína, es un tema que ha generado debates y controversias a lo largo de los años. La cocaína es una sustancia controlada y prohibida en territorio español, lo que plantea preguntas sobre la legalidad de cultivar la planta de coca en el país.

¿Se puede plantar coca en España legalmente?

En el contexto legal de España, la cuestión de si es legal o no plantar coca plantea un análisis detallado. La normativa que rige el cultivo de plantas destinadas a infusiones y alimentos en el país está definida en el Real Decreto 3176/1983. Sin embargo, es importante destacar que la hoja de coca no se considera un alimento en España, lo que la excluye de la regulación alimentaria establecida por dicho decreto.

La situación se complica aún más al considerar la inclusión de la planta de coca (Erythroxylum coca) en la Orden SCO/190/2004 del 28 de enero, que establece una lista de plantas cuya venta al público se prohíbe o restringe debido a su toxicidad. Esto plantea interrogantes sobre la legalidad del cultivo de coca en suelo español, ya que, en principio, parece estar sujeta a restricciones. En esta lista aparece la familia Erythroxylaceae, así como su nombre común “Coca; Catuaba.”, prohibiendo la planta entera (sí, incluyendo sus hojas).

Para comprender plenamente la situación, debemos mirar más allá de las leyes nacionales. El Reglamento (CE) 178/2002, en su artículo 2, define el concepto de alimento, y es crucial notar que excluye expresamente “las sustancias estupefacientes o psicotrópicas tal como las define la Convención Única de las Naciones Unidas sobre Estupefacientes de 1961 y el Convenio de las Naciones Unidas sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971”.

Definición de “alimento”
A efectos del presente Reglamento, se entenderá por “alimento” (o “producto alimenticio”) cualquier sustancia o producto destinados a ser ingeridos por los seres humanos o con probabilidad razonable de serlo, tanto si han sido transformados entera o parcialmente como si no.

“Alimento” incluye las bebidas, la goma de mascar y cualquier sustancia, incluida el agua, incorporada voluntariamente al alimento durante su fabricación, preparación o tratamiento. Se incluirá el agua después del punto de cumplimiento definido en el artículo 6 de la Directiva 98/83/CE y sin perjuicio de los requisitos estipulados en las Directivas 80/778/CEE y 98/83/CE.

“Alimento” no incluye:

a) los piensos;
b) los animales vivos, salvo que estén preparados para ser comercializados para consumo humano;

c) las plantas antes de la cosecha;

d) los medicamentos tal y como lo definen las Directivas 65/65/CEE(21) y 92/73/CEE(22) del Consejo;

e) los cosméticos tal como los define la Directiva 76/768/CEE del Consejo(23);

f) el tabaco y los productos del tabaco tal como los define la Directiva 89/622/CEE del Consejo (24);

g) las sustancias estupefacientes o psicotrópicas tal como las define la Convención Única de las Naciones Unidas sobre Estupefacientes, de 1961, y el Convenio de las Naciones Unidas sobre Sustancias Psicotrópicas, de 1971;

h) los residuos y contaminantes.

ARTÍCULO 2 REGLAMENTO CE 178/2002

Ambos convenios tienen validez en España, ratificados mediante el instrumento de fecha 3 de febrero de 1966 (publicado en el BOE de 22 de abril de 1996), y su fiscalización está regulada en el artículo 28 de la Convención mencionada.

En resumen, la legalidad de plantar coca en España es un tema complejo que involucra múltiples aspectos legales y convenciones internacionales. La prohibición de la planta de coca se basa en su consideración como sustancia potencialmente tóxica y en el marco de los tratados internacionales que prohíben su cultivo debido a su potencial para la producción de sustancias estupefacientes. Estos factores combinados hacen que plantar coca en España sea ilegal.

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