¿Te pueden dar una paga por artrosis?

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En España, dependiendo del impacto funcional y laboral que esta enfermedad genere en el individuo, es posible solicitar distintos grados de incapacidad permanente, lo cual puede traducirse en una compensación económica o paga por artrosis. En este artículo te contamos todos los detalles. Comencemos.

¿Se puede trabajar con artrosis en la columna?

Trabajar con artrosis en la columna es posible, aunque se deben considerar las adaptaciones y limitaciones necesarias para evitar el empeoramiento de los síntomas. Esta condición es muy común, y afecta principalmente a personas mayores de 55 años, aunque también puede presentarse en individuos más jóvenes. Esta condición se caracteriza por la degeneración del cartílago entre las vértebras, lo que puede llevar a dolor, rigidez, y pérdida de movilidad, afectando así la capacidad para realizar ciertas actividades laborales​​.

Las recomendaciones para quienes trabajan con esta condición incluyen mantener un peso saludable, realizar ejercicio moderado como caminar, nadar o andar en bicicleta, adoptar hábitos posturales adecuados, tomar descansos frecuentes si el trabajo implica permanecer mucho tiempo en una misma posición, y utilizar apoyos ergonómicos como sillas adecuadas y cojines de apoyo lumbar​​.

En casos severos, la artrosis en la columna puede llevar a solicitar una incapacidad laboral. La concesión de la incapacidad permanente dependerá de la evaluación de la movilidad, la administración de tratamientos y la falta de mejora en la condición​​. En ciertos trabajos físicos y mecánicos como reponedor o cajero, las vértebras del cuello y espalda suelen sufrir un mayor desgaste. Esto hace muy difícil trabajar con artrosis en la columna en algunos casos, pudiendo llegar a ser una patología discapacitante que daría lugar a una incapacidad laboral e incluso a una jubilación anticipada.

¿Se puede trabajar con artrosis de cadera?

La artrosis de cadera es una condición degenerativa que afecta a la articulación de la cadera, caracterizada por el desgaste del cartílago que recubre la unión de los huesos de la pelvis y el fémur. Este desgaste causa dolor, rigidez, y limitación en el movimiento, impactando la calidad de vida de quienes la padecen. A pesar de estas limitaciones, es posible continuar trabajando con artrosis de cadera, aunque puede ser necesario realizar ajustes en el entorno laboral y en las tareas desempeñadas.

En España, el marco legal, incluyendo el Real Decreto 1299/2006 y la Ley General de la Seguridad Social, ofrece protección a los trabajadores con discapacidades, incluida la artrosis de cadera, estableciendo criterios para la calificación de enfermedades profesionales y el acceso a bajas laborales por enfermedad común.

La duración de estas bajas varía según la gravedad de la enfermedad, la respuesta al tratamiento y las recomendaciones del médico tratante. En casos leves a moderados, el tratamiento puede permitir una baja de corta duración, mientras que en casos severos, especialmente aquellos que requieren cirugía, la baja puede ser más prolongada​.

Para aquellos que buscan continuar trabajando, se recomienda adaptar el entorno laboral a sus necesidades, optando por trabajos que impliquen menor carga en las articulaciones, como tareas de oficina o administrativas que permitan alternar entre estar sentado y de pie.

Es importante evitar actividades que exijan movimientos repetitivos de la cadera, levantamiento de objetos pesados, o permanecer de pie durante largos períodos. Las empresas pueden implementar medidas como proporcionar sillas ergonómicas, permitir pausas regulares para estirar y descansar, y adaptar las tareas laborales para minimizar el impacto en la cadera.

¿Puedo pedir una paga por artrosis?

Sí, es posible solicitar una paga por incapacidad permanente si sufres de artrosis, dependiendo de cómo esta condición afecte tu capacidad para trabajar. En España, el proceso para solicitar esta incapacidad requiere que cumplas con ciertos requisitos y se basa en el grado de limitación que la artrosis impone en tu vida diaria y laboral.

Para solicitar la incapacidad, primero debes estar de baja por incapacidad temporal. Tras agotar el tiempo máximo de esta baja, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) evaluará si procede otorgar la incapacidad permanente. Entre los factores que se consideran están el tratamiento recibido y su efectividad, la gravedad y limitaciones físicas que la condición causa,, tu historial de cotización (sobre todo en los casos donde esta afección es considerada enfermedad común y no profesional) y la naturaleza de tu trabajo.

Para casos de artrosis severa que incapacitan de manera significativa, puede solicitarse una pensión por incapacidad total, cuya cuantía puede alcanzar el 55% de la base reguladora, incrementándose hasta el 100% si se determina incapacidad para cualquier tipo de actividad. La evaluación de la capacidad laboral y el grado de discapacidad será determinante para el tipo de pensión a otorgar.

¿Te pueden dar una paga por artrosis cervical?

Sí, te pueden dar una paga por artrosis cervical, o por cualquier otro tipo.

Es crucial entender que la concesión de la incapacidad depende de la evaluación de la limitación funcional causada por la condición en relación con la capacidad laboral del individuo, tomando en cuenta factores como la edad, el género, el peso, lesiones previas, actividad física y enfermedades inflamatorias que puedan influir en el desarrollo o agravamiento de la afección.

La artrosis es una afeción multifactorial que afecta de manera significativa a la población, siendo una de las principales causas de incapacidad permanente en España, solo superada por las enfermedades cardiovasculares. La severidad y su impacto en la capacidad laboral del individuo son determinantes a la hora de solicitar y obtener una incapacidad permanente​.

¿Puedo pedir baja laboral por artrosis?

La posibilidad de obtener una baja laboral debido a la artrosis varía en función de la gravedad de la enfermedad y cómo esta afecta la capacidad de trabajo del individuo. En casos leves, es posible continuar trabajando con adaptaciones en el entorno laboral para aliviar el impacto, como cambios en la ergonomía o pausas frecuentes para descansar.

Sin embargo, en situaciones de mayor severidad, donde el dolor y la limitación de movimiento comprometen significativamente la funcionalidad, puede ser necesaria una baja laboral más prolongada, la cual debe ser determinada y prescrita por el médico tratante. La legislación laboral española ampara a los trabajadores con enfermedades crónicas, como la artrosis, garantizando su derecho a recibir una baja laboral y las correspondientes prestaciones económicas durante el período de recuperación.

¿Cuánto tiempo puedo estar de baja por artrosis?

La duración de una baja laboral por artrosis en España no es fija y depende de diversos factores, incluyendo la gravedad de la enfermedad, la ocupación laboral del paciente, y cómo la artrosis afecta su capacidad para realizar tareas laborales. Generalmente, el periodo de baja puede variar desde unos pocos días hasta varios meses o incluso años en casos graves​​.

La baja médica puede extenderse hasta un máximo de 20 días, según se detalla en tablas de duración media de incapacidades temporales. Sin embargo, estas cifras son orientativas y la duración real de la baja dependerá de la evaluación médica individual y el seguimiento de los síntomas​​.

En situaciones excepcionales, donde la condición del paciente requiera un tiempo de recuperación más prolongado, la baja laboral por artrosis podría prorrogarse hasta los 18 o 24 meses, subrayando la importancia de un seguimiento médico adecuado y un tratamiento personalizado para cada caso​​.

La decisión final sobre la duración de la baja laboral por artrosis recae en el médico tratante, quien, basado en una evaluación detallada del estado del paciente, determinará el tiempo necesario para una recuperación adecuada.

Cómo solicitar incapacidad permanente por artrosis

Para solicitar una incapacidad permanente por artrosis en España, es necesario seguir una serie de pasos y cumplir con ciertos requisitos tanto generales como específicos, dependiendo del grado de incapacidad que se pretenda obtener.

Requisitos para solicitar paga por artrosis

  • Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación o llegar a ella sin derecho a percibirla si la contingencia es común.
  • Alta en la Seguridad Social: Estar dado de alta o en situación asimilada al alta.
  • Cotización previa: No es necesaria si la incapacidad deriva de una enfermedad profesional o accidente. Para enfermedades comunes, es necesario haber cotizado 1.800 días en los 10 años previos a la solicitud de incapacidad temporal de la que derive la invalidez. Los menores de 21 años deben haber trabajado la mitad del tiempo desde los 16 años hasta el inicio de la incapacidad temporal. Los trabajadores a tiempo parcial deben verificar su situación mediante el coeficiente global de parcialidad.

¿Cómo se reconoce la incapacidad permanente por artrosis?

Para solicitar una incapacidad permanente por artrosis en España, es fundamental entender que el proceso y los criterios varían según el grado de incapacidad que se pretenda reconocer. Los grados de incapacidad pueden clasificarse en: Incapacidad Permanente Parcial, Total, Absoluta, y Gran Invalidez, cada uno con requisitos específicos basados en la severidad de la afección y cómo esta afecta la capacidad laboral del individuo.

  • Incapacidad Permanente Parcial: Este grado se otorga cuando la dolencia provoca la pérdida de movilidad o la amputación de un dedo, pero aún permite al trabajador desempeñar su profesión, aunque con dificultades. No se considera para patologías que afecten otras áreas del cuerpo.
  • Incapacidad Permanente Total: Generalmente concedida cuando la afección impide realizar el trabajo habitual que requiere esfuerzo físico, variando según la zona afectada por la enfermedad (cadera, columna, manos, etc.), y teniendo en cuenta si el trabajo involucra esfuerzos físicos, manipulación precisa o movimientos repetitivos.
  • Incapacidad Permanente Absoluta: Se considera cuando la enfermedad genera una claudicación significativa, impidiendo cualquier actividad laboral, incluso aquellas de menor exigencia física. Específicamente, se observa la incapacidad de desplazarse sin asistencia o la severidad de la afección en áreas como cadera, columna o rodillas.
  • Gran Invalidez: Este grado se asigna en situaciones extremas donde, además de no poder trabajar, la persona necesita asistencia para actividades básicas de la vida diaria. No todas las formas de artrosis califican para este grado, siendo más probable en casos de afectación severa que conlleva a una doble amputación o limitaciones similares.

Cada caso es único y se debe analizar individualmente, considerando la situación específica del trabajador, la severidad de su enfermedad, y cómo afecta su capacidad para trabajar. Es aconsejable consultar con un especialista en derecho laboral o un abogado especializado en incapacidades para recibir asesoramiento personalizado y apoyo en el proceso de solicitud.

Discapacidad por artrosis degenerativa

Los grados de discapacidad por artrosis se pueden clasificar según la severidad de la enfermedad y su impacto en las actividades de la vida diaria (AVD) y el autocuidado. Aunque no se especifica un porcentaje exacto de discapacidad para cada etapa de la artrosis, sí se pueden identificar diferentes grados de discapacidad basados en la generalidad de las condiciones y cómo estas afectan a la persona.

La artrosis puede clasificarse en grados que van desde leve hasta severo, dependiendo de síntomas como el dolor, la inflamación, la reducción del espacio articular, y la dificultad para realizar tareas cotidianas o laborales. En los casos más leves, puede haber dolor y dificultad leve al realizar ciertas actividades, mientras que en los casos moderados y severos, el dolor y la limitación de movilidad pueden ser significativos, afectando sustancialmente la capacidad para realizar las AVD, y en casos muy graves, hasta las tareas de autocuidado​​.

Grados de discapacidad por artrosis

En cuanto a los porcentajes de discapacidad establecidos por el Real Decreto 1971/1999, se categorizan en cinco clases, desde la Clase I (0% de discapacidad, donde las deficiencias permanentes no producen discapacidad) hasta la Clase V (mayor o igual al 75%, donde las deficiencias permanentes severas originan una discapacidad muy grave). Cada clase refleja un nivel de discapacidad que va afectando progresivamente más la capacidad de la persona para realizar las AVD, con la Clase III (entre 25% y 49%) señalando una discapacidad moderada y la Clase IV (entre 50% y 70%) una discapacidad grave.

La valoración de la discapacidad por artrosis depende de la zona del cuerpo afectada, siguiendo criterios establecidos en el Real Decreto 1971/1999 sobre el sistema musculoesquelético:

  • Artrosis de Cadera: Para evaluar la discapacidad provocada por la artrosis de cadera, se analiza la movilidad reducida de las extremidades inferiores. Se usa una combinación de porcentajes basados en los rangos de movimiento afectados, siguiendo la Tabla 33 del RD 1971/1999. En casos de anquilosis óptima, la discapacidad puede llegar hasta un 49%, aunque si la anquilosis afecta a más de tres posiciones, solo se suman las deficiencias de dos de ellas.
  • Artrosis de Hombro: El impacto de la artrosis de hombro se determina considerando la amputación en la articulación del hombro, con un porcentaje de discapacidad que puede alcanzar el 49%. Se evalúan las limitaciones de movimiento para establecer porcentajes específicos de discapacidad.
  • Artrosis de Codos o Muñeca: Se calcula la discapacidad considerando las limitaciones de movimiento en estas áreas, incluyendo la flexión-extensión y la pronación-supinación. La suma de estas limitaciones determina el grado de discapacidad.
  • Artrosis de Tobillo o Rodilla: La valoración se enfoca en las restricciones de movimiento y en la presencia de anquilosis. Se utilizan las tablas 37 y 38 para el tobillo y las tablas 35 y 36 para la rodilla, que indican los porcentajes de discapacidad resultantes.
  • Artrosis de Manos o Pies: Aunque el Real Decreto no especifica directamente la artrosis de manos o pies en su conjunto, se consideran las afectaciones y pérdidas en los dedos, tanto en movimiento como sensoriales, así como las amputaciones. La tabla 42 del RD muestra los valores de discapacidad por artrosis en los pies.
  • Artrosis de Columna: Se toman en cuenta la flexión, la flexión lateral, y la rotación para determinar la discapacidad. Estas evaluaciones se reflejan en el capítulo 2 del RD 1971/1999, que establece cómo asignar el porcentaje de discapacidad debido a la artrosis en la columna vertebral.

Cada caso de artrosis y su correspondiente discapacidad se valoran individualmente, tomando en cuenta el impacto específico de la enfermedad en la capacidad funcional y en las actividades de la vida diaria del afectado. La asignación de un grado de discapacidad permite acceder a ciertos beneficios y apoyos para mejorar la calidad de vida de las personas afectadas.

Cómo solicitar paga por artrosis paso a paso

En la actualidad, se observa una gran cantidad de situaciones en las cuales, a pesar de la evidente gravedad del estado de salud del individuo, se rechaza la solicitud de pensión. Se calcula que únicamente un 30% de las solicitudes de incapacidad que son evaluadas por los órganos médicos competentes logran ser aprobadas.

Una razón que podría explicar esta reducida tasa de aprobación es que, en ciertos casos, la evaluación llevada a cabo por el tribunal médico es somera y ejecutada por profesionales que no poseen especialización en el área a ser examinada, lo cual no permite una adecuada valoración del estado real del individuo ni del impacto que sus padecimientos tienen sobre su capacidad laboral.

  • Presentación de la solicitud: Esto se puede hacer personalmente en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o mediante los medios electrónicos disponibles, acompañada de la documentación personal, médica y laboral requerida.
  • Valoración: El INSS realizará las actuaciones necesarias para determinar la incapacidad, incluyendo la solicitud de documentación adicional y pruebas médicas.
  • Propuesta de resolución: Basada en el informe médico del equipo de valoración de incapacidades y el informe de antecedentes profesionales.
  • Audiencia del interesado: Se permite al trabajador presentar alegaciones o documentos adicionales antes de la resolución final.
  • Resolución: El INSS tiene un plazo de 135 días hábiles para emitir una resolución. Si no se resuelve en este plazo, se considera desestimatoria, permitiendo al trabajador iniciar acciones legales.

La incorporación de un dictamen médico especializado externo puede ser decisiva para la reclamación. Este informe detalla la incapacidad específica de la persona y puede servir como evidencia crucial, tanto para adjuntar a la demanda judicial como para presentar durante la sesión de la Vista Oral (Juicio), acompañado de la declaración jurada del perito que lo emite, frente al Juzgado correspondiente.

Sentencias y casos reales de paga por artrosis

Te presentamos algunos ejemplos de jurisprudencia y sentencias de incapacidades y pagas por artrosis reconocidas:

  • La sentencia STSJ ICAN 3086/2000 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias resuelve un recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social contra una sentencia anterior que reconocía a un peón de la construcción con artrosis severa en la rodilla, el derecho a una incapacidad permanente total. El tribunal confirmó la sentencia, rechazando el recurso y manteniendo la condena al organismo a abonar la prestación correspondiente desde octubre de 1999.
  • La sentencia STSJ CANT 302/2007 del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, fechada el 14 de febrero de 2007, resuelve a favor de Don Gaspar, reconociendo una incapacidad permanente absoluta por artrosis tanto en el Régimen General como en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Esto se debe a la agravación de sus condiciones físicas, que le incapacitan para cualquier trabajo retribuido. Como resultado, se condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social a abonarle la prestación correspondiente desde el 29 de marzo de 2006.
  • La sentencia STSJ GAL 3274/2019 del Tribunal Superior de Justicia de Galicia del 24 de mayo de 2019 desestima el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la sentencia que declaraba a una demandante en situación de gran invalidez, confirmando así la necesidad de asistencia de otra persona para la realización de actividades esenciales de la vida diaria debido a sus múltiples dolencias y limitaciones físicas.

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