El Derecho Civil es la rama del Derecho de naturaleza privada que regula el estado civil de las propiedades y las personas, los contratos y las obligaciones contraídas, las sucesiones y los aspectos de Derecho de Familia.
Se rige por el Código Civil.
En sus asuntos no intervendrá ningún Organismo Público actuando como persona sometida a Derecho Público.
Suele dividirse habitualmente en cuatro amplias ramas:
Parte general: Trata el derecho de las personas en sentido amplio, regula aspectos como la nacionalidad, la extinción y adquisición de personalidad civil, el domicilio…
Obligaciones y contratos: Responsabilidades derivadas de los contratos o fuera de ellos (extracontractual), regímenes jurídicos general y especial de dichos contratos u otros tipos de obligaciones.
Derechos reales: Propiedad de Bienes muebles e inmuebles, derecho de propiedad, posesión, pérdida de la misma, derechos reales de goce, disfrute, garantías (hipotecarias)…
Derecho de Familia: Matrimonio, herencias, sucesiones, pensiones… Si quieres más información puedes consultar la categoría de Derecho de Familia.
A modo de resumen del Contenido del Código Civil, podemos destacar los siguientes aspectos que el mismo regula:
Personas y todo lo referente a las mismas, de principio a fin, su capacidad jurídica, personalidad, domicilio, aspectos como el estado civil o su nacionalidad, y hasta sus mismos derechos personalísimos como intimidad y propia imagen.
Familia y todas las relaciones que puedan derivar de una filiación o matrimonio.
Cosas y sus derechos a la posesión y propiedad, cómo adquirirlas y su pérdida.
Sucesiones, cómo se transfieren los bienes de una persona que acaba de fallecer a sus legítimos sucesores.
Responsabilidad civil de los daños que a otros se pueda causar, como en accidentes de tráfico.
Contratos y obligaciones y derechos que puedan derivarse de los mismos.
Normas de Derecho Internacional Privado.
Interpretación y métodos de colmatar lagunas jurídicas (analogía) a la hora de aplicar las normas recogidas en el propio Código.
El Derecho Civil es un Derecho:
Privado: Se opone al público desde su creación por los romanos. El Derecho Civil es Derecho Privado, regula situaciones jurídicas entre personas y relaciones entre particulares.
Común: El Código Civil es aplicable a cualquier materia que no tenga regulación especial, siempre que sea Derecho Privado.
General: Se aplican a todos los individuos, sin importar aspectos como la profesión, nacionalidad, religión, sexo… Regula situaciones jurídicas.
El código civil español actual está vigente desde el año 1989 y está planteado según Gaio en: personas, cosas y acciones.
Este se divide en un título preliminar y cuatro libros:
Los cuatro libros del código civil están divididos en títulos y estos últimos en secciones las cuales comprenden diferentes artículos, que suman una cantidad total de 1976 artículos.
Y a pesar de que el Derecho Civil abarca varios temas generales como Derecho Hipotecario o Registro Civil estos no se encuentran dentro del código civil, ya que poseen sus propias leyes.
El derecho y todas son ramas hacen parte importante en la sociedad, su estudio y campo laboral se mantiene siempre en pie debido a su carácter esencial para que la sociedad funcione de forma correcta.
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