En ocasiones, puede surgir la pregunta ¿Me pueden despedir si estoy cubriendo una baja? cuando trabajamos bajo un contrato de sustitución. La posibilidad depende de varios factores relacionados con la naturaleza del contrato de trabajo y las circunstancias del despido. En este artículo, trataremos a fondo esta cuestión, e intentaremos responder a todas las dudas que estén en nuestra mano. Comencemos.
Contenidos:
Sí. Aunque el contrato sea de sustitución o interinidad, un trabajador cubriendo una baja puede ser despedido por las mismas razones que cualquier otro empleado bajo cualquier otro tipo de contrato, sea fijo, continuo, discontinuo, temporal o indefinido. Estar cubriendo una baja por sí solo no te proporciona inmunidad contra un despido.
En consecuencia, un empleado puede sufrir un despido disciplinario por incumplimientos serios de sus deberes. Alternativamente, el despido por motivos objetivos puede ocurrir debido a factores económicos, técnicos, organizativos o productivos. También puede procederse con este tipo de despido si se evidencia que el trabajador es incapaz de adaptarse a las nuevas habilidades requeridas tras cambios técnicos en la empresa, tal como se indica en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
Sin embargo, las circunstancias del despido deben ser legales y justificadas. Por ejemplo, es ilegal despedir a un empleado exclusivamente por encontrarse en situación de baja médica, ya que esto podría considerarse discriminatorio y dar lugar a un despido nulo o improcedente, aunque el empleado esté cubriendo a la vez otra baja.
En general, un trabajador puede ser despedido por varias razones, según establece el ET:
Sí. Si el contrato se termina sin que haya regresado el titular y sin otra causa justificada, podría ser considerado un despido improcedente, y tener derecho a indemnización.
Si te despiden por razones que no están relacionadas con el retorno del titular (por ejemplo, por motivos disciplinarios o económicos), podrías tener base para una reclamación, pudiendo ser considerado improcedente o nulo dependiendo de las circunstancias del despido.
Si el trabajador titular regresa a su puesto, el contrato de interinidad concluye de manera natural y no se considera un despido. No tendrías derecho a reclamar por despido en este caso.
Esta situación técnicamente no se considera un despido sino una finalización del contrato por cumplimiento de la condición prevista: el regreso del titular al puesto de trabajo.
Sin embargo, tienes ciertos derechos relacionados con la finalización de tu contrato, como es el derecho a recibir el finiquito (que incluye la parte proporcional de las pagas extraordinarias, las vacaciones no disfrutadas y cualquier otro concepto adeudado hasta la fecha de finalización del contrato), el certificado de empresa que te permitirá, si es necesario, solicitar prestaciones por desempleo, y el acceso a la mencionada prestación por desempleo (siempre que tengas el suficiente tiempo cotizado).
Realmente no hay un límite máximo establecido, la sustitución puede durar hasta que el trabajador al que cubres se recupere y se reincorpore al trabajo. Generalmente, una incapacidad temporal dura un máximo de 365 días, prorrogables por otros 180 días si se espera que durante este periodo pueda el trabajador recibir el alta médica. Pero si tras ese periodo no se produce mejoría, se evaluará al trabajador para determinar si califica para una incapacidad permanente, por lo que podrías seguir cubriendo la baja permanentemente y convertir tu contrato de interinidad en fijo.
Aunque estés en un contrato de sustitución, también llamados contratos de interinidad (de hecho, se correspondía con ellos hasta que entró en vigor la reforma laboral a través del Real Decreto-ley 32/2021, de medidas urgentes), sigues estando protegido por las leyes que regulan los despidos. Esto significa que cualquier terminación de tu contrato que no se ajuste a las condiciones especificadas o que se realice sin las formalidades adecuadas podría considerarse improcedente.
Si el despido se produce de manera improcedente o nula —por ejemplo, si la empresa intenta alegar la baja laboral como causa directa del despido—, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización o, en algunos casos, la reincorporación a su puesto de trabajo. La cuantía de la indemnización dependerá de varios factores como la antigüedad y el salario del empleado.
Esto significa que, en general, todos los trabajadores deben ser tratados igualmente en términos de acceso a los derechos laborales, como la seguridad y salud en el trabajo, las vacaciones, el salario, entre otros.
Además, las personas con contratos temporales deben ser informadas sobre las vacantes para asegurar que tengan las mismas oportunidades de acceso a puestos de trabajo permanentes dentro de la empresa, tal y como indica el apartado 7 del mismo artículo.
La respuesta es depende. Los contratos de interinidad deben especificar claramente la duración del mismo, ligada al tiempo que dure la baja del trabajador sustituido. Si el trabajador sustituto es despedido antes de que la persona a la que cubre se reincorpore y no se cumplen las condiciones pactadas en el contrato para tal finalización, este despido podría considerarse improcedente, por lo que podrías reclamarlo, pero también procedente si la empresa siguió todas las imposiciones legales necesarias para llevar a cabo el despido. Veámoslo a fondo.
En los contratos de interinidad o sustitución, sería procedente si:
Para que un despido por estas causas sea considerado procedente, el empleador debe demostrar de manera efectiva y verificable que estas causas existen y afectan de manera sustancial la continuidad del trabajador en la empresa. Además, deben seguirse los procedimientos legales adecuados, como la comunicación por escrito al trabajador explicando las razones del despido y cumpliendo con los plazos y formas establecidos por la ley.
El despido improcedente se produce cuando un empleador termina el contrato de un trabajador sin cumplir con las condiciones legales o contractuales adecuadas. Aquí te muestro un listado de situaciones en las que podría considerarse un despido improcedente mientras cubres una baja con un contrato de interinidad:
Si te enfrentas a un despido improcedente mientras cubres una baja con un contrato de sustitución en España, tienes varias opciones para actuar y defender tus derechos. Aquí te detallo los pasos que puedes seguir.
Primero, revisa las circunstancias y la documentación del despido. Asegúrate de que has recibido la notificación de despido por escrito, y verifica que las razones y la información proporcionada sean claras y detalladas. Prepara toda la documentación relevante para tu caso, que puede incluir:
Es recomendable que busques asesoramiento legal para evaluar tu caso de manera específica. Un abogado especializado en derecho laboral te ayudará a entender tus derechos y las opciones legales disponibles.
Antes de acudir a los tribunales, generalmente es necesario realizar una reclamación previa ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o el organismo correspondiente en tu comunidad autónoma. Esto es un paso preceptivo para intentar un acuerdo antes de la vía judicial.
Si no se resuelve el conflicto en la fase de conciliación, o si decides no aceptar la propuesta del empleador, puedes presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. El plazo para presentar la demanda es generalmente de 20 días hábiles desde la fecha del despido. Durante el juicio, ambas partes tendrán la oportunidad de presentar pruebas y argumentos. El juez tomará una decisión basada en la información y las pruebas presentadas.
Cuando un despido se declara improcedente, el trabajador tiene derecho a ser readmitido en su puesto de trabajo o a recibir una indemnización compensatoria.
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