Cuando una persona recibe una citación judicial como investigado, es normal que surjan muchas dudas y preocupaciones. ¿Qué significa exactamente ser investigado? ¿Qué consecuencias puede tener? ¿Qué debo hacer si recibo una citación de este tipo?
En este artículo, trataremos de responder a estas preguntas y aclarar todo lo que necesitas saber sobre el proceso de declarar como investigado ante un juzgado. Desde qué significa exactamente esta figura jurídica, hasta cuáles son tus derechos y obligaciones en este proceso, pasando por las posibles consecuencias que puede tener para ti.
Si te encuentras en esta situación, sigue leyendo para estar preparado y saber cómo actuar.
Contenidos:
Después de la reforma penal de 2015, la figura del investigado reemplazó a la del imputado debido a que esta última tenía una implicación de culpabilidad en la opinión pública, lo que prejuzgaba la falta de presunción de inocencia.
El término “investigado” es más neutral y se ajusta mejor a las garantías constitucionales y al derecho de defensa. La Ley 13/2015 introdujo este cambio terminológico, lo que significa que el investigado es la persona a la que se le atribuye la posible comisión de un delito, ya sea porque el juez ha admitido una denuncia o querella, o porque se ha remitido una investigación policial al juzgado.
En otras palabras, la fase de diligencias previas se inicia para verificar si hay suficientes motivos para sostener la acusación. Hay otras figuras que se pueden confundir con el investigado. El detenido es la persona que se encuentra privada de libertad por ser sospechosa de haber cometido un delito.
El procesado es la persona que está siendo investigada como presunta autora del delito en la fase de instrucción y el juez le ha comunicado su procesamiento.
Por último, el encausado es la persona a la que se le imputa judicialmente haber cometido un delito, que puede haber sido el investigado.
La fase inicial del proceso penal es la investigación o instrucción, en la que se llevan a cabo todas las acciones necesarias para recopilar pruebas relacionadas con la comisión de un delito y la identificación del perpetrador.
Además, esta fase se enfoca en proteger a las personas en peligro, establecer responsabilidades civiles, asegurar los objetos que serán utilizados como pruebas en el juicio y garantizar la presencia del acusado en el juicio.
Esta fase se divide en dos etapas: la instrucción policial, en la que la policía lleva a cabo las primeras investigaciones y recopila información y pruebas, y la instrucción judicial, en la que el juez instructor realiza las diligencias de investigación necesarias una vez que la policía ha presentado suficientes indicios para considerar a alguien responsable de un delito.
Si la policía o el juez instructor determinan que no hay suficientes indicios para considerar la comisión de un delito o no se conoce al autor, se procederá al sobreseimiento y archivo del caso.
En primer lugar, el acusado tiene el derecho de ser notificado de todos los cargos en su contra, cualquier cambio significativo en la investigación y los hechos que se le imputan. Toda esta información debe ser presentada en un lenguaje claro y fácil de entender, y debe ser suficiente para que el acusado pueda ejercer su derecho a la defensa.
El derecho a la defensa implica tener suficiente tiempo para revisar los documentos del caso, elegir un abogado y solicitar asistencia legal gratuita si es necesario.
Una vez que el acusado se presenta ante el juez, tiene el derecho de no declararse culpable, de no incriminarse a sí mismo, de guardar silencio y de presentar cualquier evidencia que tenga a su disposición para demostrar su inocencia.
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La convocatoria de una persona ante el Juez de Instrucción como sospechoso, acompañado de un abogado, no implica que haya sido llamada para comparecer en el juicio, sino que se le solicita que realice una declaración penal frente al Juez debido a una denuncia o acusación presentada en su contra, o porque previamente fue detenido.
Este es uno de los procedimientos de investigación realizados en las primeras etapas del proceso penal, de carácter obligatorio, con el propósito de permitir al investigado explicarse, para que el Juez de instrucción pueda analizar si se han llevado a cabo por parte del sospechoso los actos delictivos que se le imputan.
Cuando te presentes ante el Tribunal para hacer tu declaración, deberás estar acompañado de un abogado para garantizar tu derecho de defensa desde el principio. Durante este proceso, el Juez te interrogará primero, seguido del Fiscal, luego la acusación particular y, por último, el Abogado que esté a cargo de tu defensa.
Con base en esto, y considerando el resto de las diligencias de investigación realizadas, el Juez puede tomar las siguientes decisiones:
En general, los jueces suelen admitir las denuncias y acusaciones para su tramitación, citando al sospechoso a declarar. Por lo tanto, si has sido citado, no te preocupes, ya que no significa necesariamente que tengas que ir a juicio.
El juzgado utiliza un método para informar al investigado de que debe presentarse en el tribunal en la fecha y hora indicadas para dar testimonio ante el juez instructor en la citación judicial.
La citación se envía al domicilio del investigado, y si no se encuentra allí, cualquier persona mayor de 14 años que se encuentre en el domicilio o los vecinos más cercanos pueden recogerla y entregarla al citado bajo pena de multa. Si el citado no tiene domicilio conocido, la notificación se puede realizar en el juzgado o a través de edictos
La citación judicial debe contener los siguientes datos:
Existen dos tipos de citación judicial para investigados: el procedimiento ordinario y el abreviado. El procedimiento abreviado se aplica a delitos con penas de prisión máxima de 9 años, mientras que el ordinario se utiliza para delitos con penas superiores a 9 años. Ambos procesos constan de una etapa de instrucción y otra de juicio oral, y el investigado puede ser citado en cualquiera de ellas
En ambos casos, el investigado debe acudir con un procurador y un abogado. Si no se presenta en la primera citación, puede ser multado con un máximo de 5.000 euros. Si no acude a la segunda citación, se le puede acusar de obstrucción a la justicia, lo que conlleva una multa o pena de prisión
En el caso de delitos leves, la presencia del abogado no es obligatoria, aunque se recomienda. La citación puede ser para una primera declaración o para un juicio rápido. Si el investigado no se presenta, puede ser multado con entre 200 y 2000 euros, a menos que pueda justificar su ausencia por motivos válidos
En cualquier caso, la ausencia a la citación no implica una declaración de culpabilidad ni la celebración del juicio.
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La normativa procesal penal es explícita, eludir la convocatoria judicial conlleva una sanción de 200 a 2.000€ en el caso de infracciones menores y de 200 a 5.000€ en el caso de procedimientos abreviados u ordinarios.
En cualquier circunstancia, no comparecer en una segunda citación, puede dar lugar a que el sospechoso sea acusado de obstrucción a la justicia según lo establecido en el artículo 463.1 del Código Penal. Además, si no se justifica la ausencia, se puede emitir una orden de arresto de acuerdo con el artículo 487 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Por lo general, la citación se enviará a la dirección del investigado. Sin embargo, si el investigado no tiene una dirección conocida, la notificación puede hacerse en el tribunal o mediante avisos públicos.
Si el investigado no está presente en su dirección, se entregará a cualquier pariente o familiar mayor de 14 años que se encuentre en el lugar, o en su defecto, a los vecinos más cercanos, quienes están obligados a entregarla bajo pena de multa.
La convocatoria para testificar como sospechoso puede ocurrir en dos situaciones diferentes:
Cuando una persona es requerida a comparecer ante el Juez de Instrucción como investigado con la asistencia de un abogado, no implica que haya sido convocado a la celebración del juicio, sino solamente a que realice una declaración penal ante el Juez debido a que alguien ha presentado una denuncia o querella en su contra, o porque ha sido detenido previamente.
Esta es una de las diligencias de investigación que se llevan a cabo en la fase inicial del proceso penal, y es obligatoria para permitir que el investigado se explique y para que el Juez de instrucción pueda analizar si se han cometido los delitos que se le imputan.
Es necesario acudir a la declaración ante el Juzgado con la asistencia de un abogado para garantizar el derecho de defensa desde el principio. Durante la declaración, el Juez, el Fiscal, la acusación particular y el abogado defensor podrán hacer preguntas.
En función de las diligencias de investigación practicadas, el Juez podrá dictar un auto de sobreseimiento o archivo si considera que no existen motivos suficientes para considerar que se han cometido los delitos o que el investigado no es responsable, o un auto de apertura del Juicio Oral si estima que existen indicios racionales para considerar al investigado responsable del delito que se le imputa.
Por lo general, los jueces siempre admiten las denuncias y querellas, citando al investigado a declarar, por lo que si ha sido citado a declarar, no debe preocuparse porque no significa necesariamente que tenga que ir a juicio.
En caso de no asistir a la declaración con un abogado, se le designará uno de oficio, pero es recomendable que el investigado contacte con un abogado para preparar su defensa y lo que declarará ante el Juez.
En cuanto a la necesidad de acudir a la declaración con ayuda legal o no, es importante distinguir entre:
– Convocatoria para declarar ante un tribunal por delitos menores: en estos casos se informará al sospechoso de su derecho a estar acompañado por un abogado. Aunque no es obligatorio, se recomienda encarecidamente que se acuda con un abogado, ya que este puede aconsejar y ayudar a ejercer la mejor defensa posible
En casos excepcionales, será obligatorio contar con la asistencia de un abogado cuando se esté siendo juzgado por delitos menores que conlleven una multa cuyo límite máximo sea de al menos 6 meses.
– Convocatoria para declarar ante un tribunal por delitos que inicien un Procedimiento Abreviado o un Procedimiento Ordinario: en ambos casos, el sospechoso deberá comparecer con la asistencia de un abogado.
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