En este artículo te explicaremos en qué consiste el delito de falsedad documental, los tipos que existen y sus penas y castigos.
Primeramente, necesitamos conocer algunos conceptos básicos para poder comprender este delito:
Contenidos:
Es aquel cometido a través de la alteración, simulación o la falsificación de los elementos esenciales que conformen un documento verdadero, o el documento por completo. Tanto adulterar parte de un documento como crear uno nuevo a partir de uno falso son casos de falsedad documental.
Queda regulado en el Código Penal, en su Capítulo II llamado "De las Falsedades Documentales", dentro de su Título XVIII, entre los artículos 390 y 399.
Según la clase de documento falsificado, este delito puede ser de varios tipos:
Se impondrá una pena de prisión desde los 3 hasta los 6 años, y de multas entre 6 y 24 mensualidades, a aquel que falsifique documentación pública, documentos oficiales o mercantiles. Se prevee su aplicación a funcionarios y autoridades públicas, ya que no es tan sencillo acceder a documentos públicos por parte de los ciudadanos.
Queda regulado en el Artículo 390.1 del CP. El sujeto activo de este delito debe realizar alguna de estas acciones:
Su sujeto activo (quien comete el delito) siempre será una persona particular. Se trata de un tipo similar al anterior, pero excluye la documentación pública. Queda regulado en el art. 395 del Código Penal.
Aquel que cometa alguna falsedad de las descritas en el artículo 390.1 (apartado anterior "Cuándo es considerado culpable del delito", excluyendo al 4º número (mentir a la hora de narrar los hechos) será castigado con penas de prisión desde los seis meses hasta los 2 años.
También queda castigado por el Código Penal de España, siendo distintas las penas dependiendo del sujeto activo:
También queda regulado por el CP, en su artículo 399 (bis). Se castiga con pena de prisión desde los 4 hasta los 8 años a aquel que reproduzca, copie, altere o falsifique de cualquier tipo tarjetas de crédito y débito o cheques de viaje.