Detención ilegal

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Cuando una persona es privada de su libertad sin justificación legal, encerrándola o deteniéndola, se comete un acto ilícito conocido como detención ilegal. Este delito se encuentra clasificado bajo la categoría de delitos contra la libertad en el sistema legal español y se perfecciona cuando un individuo, de manera no autorizada, restringe la movilidad de otro, arrebatándole su libertad ambulatoria. La legislación que lo regula se halla detallada en los artículos 163 a 168 del Código Penal de España.

A pesar de que, según el Instituto Nacional de Estadística, el delito de detención ilegal no ostenta la notoriedad de otros delitos en nuestro país, no se puede subestimar su presencia en la sociedad. Estadísticas recopiladas entre 2019 y 2021 reportan un promedio de 210 casos de detención ilegal en España durante ese periodo, y en el pasado 2022 fueron 187 los casos reportados.

Este artículo tiene como objetivo proporcionar un análisis exhaustivo de la naturaleza de la detención ilegal en el contexto legal español, así como destacar los derechos que amparan a los ciudadanos frente a esta grave infracción.

¿Qué es el delito de detención ilegal?

Una detención ilegal implica restringir la libertad de movimiento de un individuo al encerrarlo o detenerlo, privándole de su capacidad para desplazarse libremente. En términos sencillos, se trata de un delito en el cual una persona, entidad, o funcionario público retiene o encierra a otro individuo, forzándolo a permanecer en un espacio específico en contra de su voluntad y limitando su libertad de movimiento.

Por otra parte, también se considera una detención ilegal cuando un particular retiene a una persona con la intención de llevarla ante la autoridad, fuera de los casos explícitamente permitidos por las leyes.

Dentro del espectro de los delitos dolosos que afectan la libertad individual, existen diversas modalidades, como las coacciones y las amenazas, que se traducen en conductas que menoscaban la autonomía de la víctima de diferentes maneras.

Sin embargo, el ataque contra la libertad se manifiesta de manera más patente en el delito de detención ilegal, ya que este atentado se centra en la libertad ambulatoria de las personas. Este aspecto se refiere a la facultad fundamental de moverse libremente de un lugar a otro, que constituye un pilar esencial de la libertad humana. Cabe destacar que para que se configure este delito, es necesario que se haya actuado con dolo.

La detención se erige como una medida coactiva que implica la privación temporal de la libertad de un individuo por un período definido.

En el contexto de nuestro sistema legal, la detención asume dos modalidades: una medida cautelar personal, cuando su propósito radica en poner a disposición del tribunal a la persona detenida; y una medida ejecutiva, cuando se emplea para recluir a un individuo en prisión, ya sea por la imposición de prisión provisional o la ejecución de una pena privativa de libertad, especialmente cuando la persona se encuentra fugada o en situación de rebeldía.

Asimismo, la detención puede ser realizada por particulares, agentes policiales o bajo una orden expresa del poder judicial, lo que determina si es una detención particular, policial o judicial, respectivamente.

¿Cómo se regula el delito de detención ilegal?

El delito de detención ilegal se encuentra regulado en el Código Penal, específicamente en su Título VI (Delitos contra la libertad), bajo el Capítulo I (De las detenciones ilegales y secuestros), abarcando los artículos 163 a 168.

ARTÍCULO 163 CP

1. El particular que encerrare o detuviere a otro, privándole de su libertad, será castigado con la pena de prisión de cuatro a seis años.

2. Si el culpable diera libertad al encerrado o detenido dentro de los tres primeros días de su detención, sin haber logrado el objeto que se había propuesto, se impondrá la pena inferior en grado.

3. Se impondrá la pena de prisión de cinco a ocho años si el encierro o detención ha durado más de quince días.

4. El particular que, fuera de los casos permitidos por las leyes, aprehendiere a una persona para presentarla inmediatamente a la autoridad, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.

ARTÍCULO 163 CÓDIGO PENAL

También está afectado por unos requisitos recogidos en diversas disposiciones legales en España, incluyendo el artículo 17 de la Constitución Española, los artículos 489 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el artículo 61.d de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y el artículo 19 de la Ley de Seguridad Ciudadana.

¿Quién puede detener en España? ¿Cuándo es legal una detención?

Cualquier individuo puede realizar una detención a:

  1. Aquel que intente cometer un delito en el momento de cometerlo.
  2. Aquel que esté cometiendo un delito de manera evidente, conocido como “in fraganti”.
  3. Aquel que se evada de una prisión donde esté cumpliendo una condena.
  4. Aquel que intente escapar de la cárcel donde está esperando su traslado a la prisión o el lugar donde debe cumplir una condena impuesta por una sentencia firme, o que trate de fugarse mientras está detenido o encarcelado pendiente de un juicio.

La autoridad judicial, el Ministerio Fiscal y la Policía judicial tienen la responsabilidad de detener a:

  1. Aquel que está siendo procesado por un delito que conlleva una pena mayor a la prisión correccional.
  2. Aquel procesado por un delito con una pena inferior, o cuando la policía tiene motivos para creer que ha cometido o participado en un delito y sus antecedentes o circunstancias sugieren que no comparecerá ante el Juez, a menos que preste una fianza adecuada.

No se puede detener a una persona por simples faltas, conocidas actualmente como delitos leves, a menos que no tenga un domicilio conocido o no pueda pagar la fianza que la autoridad o la policía considere suficiente.

Es relevante mencionar que la detención con el único propósito de identificar a una persona es legal en el caso de que no tenga documentos de identificación, según lo estipulado en el artículo 19 de la Ley de Seguridad Ciudadana.

Por último, existe una causa de detención cautelar específicamente regulada en el artículo 61.d de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, que permite la detención por orden de la Autoridad gubernativa competente de los extranjeros sometidos a expediente de expulsión, siguiendo las garantías establecidas por la ley, así como de aquellos sometidos a un procedimiento de extradición.

¿Qué detenciones son ilegales?

Para que una detención se ajuste a los parámetros legales, es imperativo que se base en alguna de las causas establecidas en el artículo 489 y posteriores de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Estas causas se examinan y categorizan de acuerdo con las personas autorizadas para llevar a cabo la detención. A continuación, se presentan algunos ejemplos de detención ilegal:

Detención ilegal por restricción no autorizada en cualquier lugar

Se considera detención ilegal cuando se priva de libertad sin una justificación legal en diversos lugares, sin necesidad de que sea una instalación penitenciaria. Esto puede incluir centros de salud mental, instituciones para menores, instalaciones militares o incluso una residencia privada.

Detención ilegal por exceder el plazo legalmente establecido

Se califica como detención ilegal cuando, a pesar de cumplir inicialmente con los requisitos legales, se extiende más allá del límite legalmente permitido sin la liberación del detenido o su presentación ante una autoridad judicial.

El tiempo máximo de detención está regulado en los artículos 17 de la Constitución Española y 520 y 520 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:

  • La detención no debe prolongarse más allá del tiempo estrictamente necesario para llevar a cabo las investigaciones destinadas a esclarecer los hechos. En cualquier caso, no puede exceder un período máximo de 72 horas, momento en el cual el detenido debe ser liberado o presentado ante la autoridad judicial.
  • En situaciones de bandas armadas o actos de terrorismo, la detención puede extenderse por un período adicional de 48 horas, elevando el límite a 120 horas.
  • Una vez que el detenido se encuentra a disposición judicial, el juez competente puede prolongar la detención por 72 horas adicionales.

Detención ilegal por incumplimiento de los derechos del detenido

Los derechos del detenido se encuentran detallados en el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y si no se respetan, la detención se considera ilegal.

Penas por el delito de detención ilegal

Pena reducida del delito de detención ilegal

El artículo 163, en su segundo apartado, prevé una pena reducida en situaciones donde el culpable, dentro de los tres primeros días de la detención ilegal, libera a la persona detenida sin haber alcanzado su objetivo original.

En tales casos, se impone una pena de prisión menor, que oscila entre dos y cuatro años, siendo la pena máxima reducida en un día.

Cuando un individuo retiene a otro contra su voluntad con el propósito de llevarlo ante las autoridades, excepto en situaciones legalmente permitidas, se aplica una sanción más leve, que se traduce en una multa de tres a seis meses.

Además, el artículo 168 contempla la disminución de la pena en uno o dos grados cuando se instiga, conspira o propone la comisión de los delitos abarcados por los artículos 163 a 167.

Pena agravada de detención ilegal

El delito de detención ilegal puede revestir grados agravados en diferentes situaciones:

  1. En virtud del apartado 3 del artículo 163, si la detención se prolonga más allá de 15 días, la pena se incrementa a 5 a 8 años de prisión.
  2. Cuando una persona es secuestrada bajo la condición de cumplir ciertas exigencias para su liberación, el artículo 164 estipula una sanción de 6 a 10 años de prisión. Si el secuestro excede los 15 días, la pena se agravará, pero se reducirá si el secuestrador libera a la víctima dentro de los tres primeros días sin lograr sus propósitos.
  3. De acuerdo con el artículo 165, las penas establecidas en los artículos 163 y 164 aumentarán en su mitad superior cuando el culpable simule ser una autoridad o funcionario público o si la víctima es un menor de edad, una persona con discapacidad necesitada de protección especial o un funcionario público en el ejercicio de sus funciones.
  4. En casos en los que el perpetrador de la detención ilegal o secuestro no revele la ubicación de la persona detenida, el artículo 166.1 impone una pena de 10 a 15 años de prisión para la detención ilegal y de 15 a 20 años para el secuestro.
  5. Por último, según lo dispuesto en el artículo 166.2, las penas de 15 a 20 años de prisión para la detención ilegal y de 20 a 25 años para el secuestro se aplicarán si se cumple una de estas dos condiciones: la víctima es menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de protección especial, o el autor comete el delito con la intención de atentar contra la libertad o la integridad sexual de la víctima, o posteriormente actúa con ese propósito.

Detención ilegal por la policía

Cuando el responsable de alguno de los delitos de detención ilegal o secuestro ostenta un cargo de autoridad o es funcionario público, las sanciones se incrementan hasta su mitad superior, y existe la posibilidad de imponer una pena superior en grado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 167.1. Para que esto se aplique, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  1. La comisión del delito debe ocurrir fuera de las circunstancias permitidas por la ley.
  2. No debe existir una causa legal que justifique la privación de libertad.

Asimismo, las penas mencionadas en el artículo 167.2 serán impuestas en los siguientes casos:

  • Cuando un funcionario público o autoridad, independientemente de la existencia de una causa legal, decida, lleve a cabo o prolongue la restricción de la libertad de una persona y no reconozca dicha privación de libertad, o de alguna otra manera oculte la situación o el paradero de esa persona, infringiendo sus derechos constitucionales o legales.
  • Cuando un individuo realice dichas acciones con la autorización, apoyo o consentimiento del Estado o de sus autoridades.

Además, el artículo 167.2 estipula una pena adicional de inhabilitación absoluta por un período de 8 a 12 años en todos estos escenarios.

¿Cuándo es ilegal una detención policial?

Los secuestros son acontecimientos poco habituales en nuestra nación. En contraste, lo que se verifica con mayor frecuencia son las detenciones ilegales cometidas por las autoridades. La legitimidad de una detención policial se vincula estrechamente con el cumplimiento de garantías estipuladas en el artículo 17 de la Constitución Española.

Dentro de este contexto, se considera una detención como ilegal cuando:

  1. Las investigaciones se prolongan sin razón válida. Es importante recordar que el período de detención debe ser siempre el mínimo necesario para llevar a cabo las investigaciones, sin exceder las 72 horas. Pasado este límite, el detenido debe ser liberado o entregado a la autoridad judicial.
  2. Las autoridades no respetan los derechos procesales del detenido. La Constitución subraya la necesidad de que el detenido sea informado de manera inmediata y comprensible acerca de sus derechos y de las razones de su detención. Además, no se le puede obligar a declarar y tiene derecho a contar con la asistencia de un abogado durante los procedimientos policiales y judiciales.
  3. La detención se lleva a cabo en un lugar que no sea una comisaría o un centro de detención autorizado.
  4. No existen fundamentos legales sólidos que respalden la detención.

¿Qué hacer si me detiene la policía ilegalmente?

En tales situaciones, se podrá solicitar la activación del proceso de Habeas Corpus, con el propósito de que la autoridad judicial pueda proceder a la pronta restitución de la libertad del detenido.

Mediante el habeas corpus, se asegura que el detenido sea presentado de forma inmediata y en público ante un juez, quien determinará la legalidad de la detención y decidirá si debe mantenerse o no.

Los casos en los que una detención podría considerarse ilegal se encuentran detallados en el artículo 1 de la Ley que regula el procedimiento de Habeas Corpus.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

  • El detenido.
  • Su cónyuge o la persona con una relación afectiva equiparable, descendientes, ascendientes, hermanos, y, en el caso de menores o personas incapacitadas, sus representantes legales.
  • El Ministerio Fiscal.
  • El Defensor del Pueblo.
  • Además, el juez competente puede iniciar el procedimiento de oficio.

Una vez solicitado, el juez está obligado a resolver en el tiempo estrictamente necesario, con un límite máximo de 24 horas.

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