Denuncia por Insultos

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La mayoría sabemos lo que son los insultos. Un insulto es una expresión que el emisor (quien lo dice) usa para ofender o lastimar a otra persona. Lo que es insulto y lo que no es difícil determinarlo, pues vendrá determinado según la realidad social y cultural. Lo que es insulto en España puede no serlo en otro país. Aquí intentaremos explicarte en qué casos procede una denuncia por insultos.

Derecho Penal

Denuncia por insultos: ¿Es Delito Insultar?

Por norma general, el insulto suele ser desaprobado y rechazado por la sociedad, y suele ser entendido como “cualquier cosa que pueda ofender a quien va dirigido”.

Estos delitos suelen ser cometidos frecuentemente en RRSS (redes sociales), y siempre se ha de tener en cuenta que:

  • Si tienes intención de hacer daño, es delito.
  • Si va en contra de su dignidad, es delito.
  • Si lo difamas (dices cosas en público para hacer daño a su imagen u honor) y es falso, es delito.

Además, suelen agravarse por publicidad (insultar en medios de difusión como televisión, prensa, Internet, radio…). Eso sí, es necesario recalcar que para que el insulto sea delito, ha de ser bastante grave. No sólo con decir un insulto estás cometiendo un delito, sino que este insulto debe atentar contra la dignidad, fama o propia estima de la otra persona.

El delito de insultar

El CP (Código Penal) no establece un delito sobre los insultos en especial, pero sí que pena el delito de injurias. Una injuria es una expresión o acción que lesiona la dignidad, fama o propia estimación de otra persona. Insultar puede tener estas consecuencias:

  • Injurias leves: de 3 a 7 meses de multa.
  • Injurias graves (con agravante de publicidad): de 6 a 14 meses de multa.

Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 173.
Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

ARTÍCULO 208 CÓDIGO PENAL

Se tendrá en cuenta las circunstancias tanto del emisor como del receptor del insulto. También cabe destacar que no es lo mismo el insulto que la injuria o una simple crítica.

La crítica está protegida por la Libertad de Expresión, y no será delito. Pero lo difícil es: ¿Qué es delito por insultos? ¿Qué es injuria, y qué es crítica?

La diferencia reside en el ánimo de lo dicho. Si emites descalificaciones que denuncian una situación o aportan un ánimo de reflexión en la otra persona, no constituirá delito. Sin embargo, si no aportas nada y tan sólo insultas al otro con el ánimo de hacerle daño simplemente, estarás cometiendo un delito.

¿Es delito acusar a alguien de un delito?

Para cometer un delito de calumnias es necesario que la persona que acusa haber cometido un delito a otra persona lo haga sabiendo que esa persona no ha cometido tal ilegalidad.

Dicho de otra forma, no basta con acusar a alguien de un delito para incurrir en un delito de calumnias, también es necesario que la persona que acusa sepa realmente que ese delito no existe o que no fue cometido por la persona a la que está acusando.

El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado.

Artículo 207 CÓDIGO PENAL

¿Cuánto tarda en llegar una denuncia por insultos?

Las notificaciones judiciales no poseen un lapso específico de tiempo, puede ser cuestión de días, o tardar semanas.

En caso de delitos graves en los que sea necesario averiguar varios hechos e investigar, puede tardar incluso meses.

¿Cómo realizar una denuncia por insultos?

Te contamos cómo denunciar insultos en Facebook, agresiones verbales en Whatsapp… Si crees que debes denunciar a alguien por un delito de insultos, echa un vistazo a los siguientes pasos para saber cómo debes proceder para denunciar el insulto:

Recopilar las pruebas

Lo primero es conseguir las pruebas que demuestren este delito. En España, todos somos inocentes hasta que se demuestra lo contrario, por lo que tenemos que tratar de demostrarlo. Para ello, utilizaremos:

  • Capturas o pantallazos de conversaciones: Si el delito se ha producido en foros, redes sociales, o aplicaciones como Whatsapp, puedes hacer capturas de pantalla y guardar el pantallazo para posteriormente presentarlo, aunque este medio de prueba no suele ser de peso si no son sometidas a prueba pericial.
  • Grabaciones de audio, vídeo o fotografías: Cualquiera de estos medios pueden ser utilizados como prueba, eso si, siempre que sean conseguidos sin lesionar la protección de la intimidad de la otra persona.
  • Testigos: Necesitarás que testifiquen.
  • Copias de mensajes: Si se ha producido por Whatsapp, correo electrónico… Puedes copiar los mensajes. Al igual que en el primer punto, mucho mejor si son conversaciones peritadas.

Tu abogado te ayudará a conseguir las mejores pruebas en tu situación, y llevar de la mejor forma tu denuncia por insultos.

Acudir al cuartel

Da igual que sea el de la Policía Local o al de la Guardia Civil, tendrás que acudir a un cuartel para presentar la denuncia de la agresión verbal. Deberás hablar con la policía, explicarle lo ocurrido y presentarle las pruebas convenientes. Ellos se encargarán de redactar un parte de denuncia, que será presentado ante el juez.

Juicio

Dependiendo de la saturación del sistema judicial, tendrás que esperar más o menos para que citen a la otra persona para acudir al juicio por insultos.

¿Qué insultos son denunciables?

Según el Derecho Penal, los insultos se consideran injurias y pueden ser denunciados si afectan la dignidad de la persona. Es importante distinguir entre insulto y crítica, ya que la intención de hacer daño es lo que determina si es punible o no.

Algunos de los insultos denunciables son:

  1. Amenazas a través del correo electrónico.
  2. Injurias leves contra el cónyuge o persona de análoga relación de afectividad.
  3. Comentarios constitutivos de injurias y calumnias.
  4. Comentarios constitutivos de injurias leves.
  5. Delitos de odio motivados por la raza, sexo, orientación sexual, identidad de género, religión o discapacidad.
  6. Amenazas y acoso en persona o en línea, que pueden incluir delitos de odio.
  7. Insultos y falta de respeto a través de redes sociales como WhatsApp, Instagram o Twitter.
  8. Calumnias del usuario de redes en internet.

Es importante tener en cuenta que estos insultos pueden ser considerados delitos penales y están sujetos a sanciones legales, que pueden incluir multas e incluso penas de prisión. Además, es crucial llevar a cabo una denuncia por insultos o acoso a las autoridades correspondientes y conservar pruebas como capturas de pantalla para identificar al responsable.

Un juez será quien decida si un comentario es considerado injuria. Si deseas denunciar insultos recibidos, es recomendable recopilar pruebas como testimonios de terceros o capturas de pantalla en caso de que se hayan producido en redes sociales o WhatsApp.

Libertad de Expresión VS Derecho al honor y a la intimidad

En este tipo de casos, lo que entra en juego es la ponderación de la Libertad de Expresión de aquel que insulta, y el Derecho al Honor y a la Intimidad de quien recibe el insulto. Cuando alguien denuncia por insultos, intenta que su honor, fama o imagen sea restituida.

Cada caso en concreto es diferente, pero por lo general prima la Libertad de Expresión, matizando ciertos límites:

  • Si más que una crítica, entra en descalificación y se pretende ofender, estarás pasando el límite y cometerás un delito.
    • En periodismo, la libertad de expresión está más consagrada y protegida aún, pero si no es socialmente relevante lo que comunican, estarán cometiendo un delito.

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